TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 17 de JUNIO del 2.015
205° y 156°
SOLICITUD: 15-473
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: CESAR ALBERTO BERDUGO
FECHA DE ENTRADA 15 DE JUNIO DE 2015.
Vista la Solicitud Nº 15-473, presentada por el ciudadano CESAR ALBERTO BERDUGO, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.240.453 en su carácter de presidente y representante legal de la empresa denominada CAUCHERA MARACAY, C.A. quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal, tal y como consta en la respectiva Autorización. Debidamente autorizado por “La Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando representado en este acto por la Sindica Procuradora (E) Municipal Abog. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, Del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (34,55 M2) Ubicado en la Parroquia San Fernando, Avenida Carabobo entre Calle Caujarito y Calle Miranda, S/N, de esta ciudad de san Fernando de Apure, Estado Apure, Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Local de Cauchera Maracay, en siete Metros con Treinta y cinco centímetros (7,35Mts); SUR: Avenida Carabobo, en siete Metros con Treinta y cinco centímetros (7,35Mts); ESTE: Pasillo del Edificio y Área de Servicio, en cuatro Metros con setenta centímetros (4,70 Mts); OESTE: Casa de Pastora Aponte, en cuatro Metros con Setenta centímetros (4,70 Mts); de unas bienhechurías en estructura metálica con tubos100x100, con paredes de bloque de cemento de 15 cm., techo de acerolit sobre una estructura de cabreada y correa metálica, piso de cemento, instalaciones eléctrica para alumbrado. Sobre ella un área de construcción constante de SIETE METROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (7,35 MTS) de ancho, por CUATRO METROS CON SETENTA CENTIMETROS (4,70 MTS) de fondo, para un total de TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (34,55 M2) de construcción. En las cuales invirtió una suma de UN MILLLONES DE BOLIVARES (1.000.000,00 Bs.). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano CESAR ALBERTO BERDUGO plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.

El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.


La Secretaria Titular

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.










Sol N° 15-473.
FJP/MMAT/lm.