TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 25 de Junio de 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-469
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: BETZAIDA CAROLINA
QUINTO SOLORZANO.
FECHA DE ENTRADA 11 DE JUNIO DE 2.015.
Vista la Solicitud Nº 15-469, presentada por la ciudadana BETZAIDA CAROLINA QUINTO SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.694.135, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno del Municipio Biruaca, según consta en el Contrato de Arrendamiento con Opción a Compra, Aprobado en Sesión Ordinaria Nº 19, de fecha 26 de Junio del 2013, donde la Duración del Contrato es Dos (02) Años a partir del 6 de Agosto del 2013, quedando inserto en el Libro 1, Tomo 1, Folios 46 al 48, Tercer Trimestre del año 2013, debidamente otorgado por “EL ARRENDADOR” representado en este acto por el Sindico Procurador Municipal Abog. EFRAIN SABINO PEREZ SALAZAR, de la Alcaldía del Municipio Biruaca, Estado Apure, con una superficie de terreno, de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (243,75 M2). Ubicado específicamente en el Barrio Llano Fresco, Calle Principal, del Municipio Biruaca, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Terreno de Ejidos Municipal, CON NUEVE METROS Y CINCUENTA CENTIMETROS (9,50 Mts); SUR: Calle Principal de Llano Fresco, CON DIEZ METROS (10,00 Mts); ESTE: Casa de Daniel Gallegos, CON VEINTICINCO METROS (25,00 Mts); OESTE: Casa de Jhonny Uruco, CON VEINTICINCO METROS (25,00 Mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: Una (01) casa construida de la siguiente manera: paredes de bloques, piso de granito, techo de machimbrado, sostenido con vigas de hierro, con Dos (02) puertas de hierro y cinco (05) ventanas panorámicas, con protectores de hierro, Dos (02) baños, Tres (03) cuartos, Una (01) sala de recibo, Un (01) comedor y Una (01) cocina, en las cuales invirtió la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 1.200.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana BETZAIDA CAROLINA QUINTO SOLORZANO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al ,folio del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.







SOLICITUD N°. 15-469.
FJP/MMAT/Yudit