TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 03 de Junio de 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-446
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ITALO ALCIVIADES PEREZ.
FECHA DE ENTRADA 21 DE MAYO DE 2.015.

Vista la Solicitud Nº 15-446, presentada por el ciudadano ITALO ALCIVIADES PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.936.008, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio San Fernando, del Estado Apure, según consta en la “AUTORIZACIÓN” otorgado en este acto por la Sindica Procuradora Municipal Abg. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de (787,50 M2), ubicado en el Terraplén El Guire Arriba, Parroquia San Rafael, Municipio San Fernando, sin numero cívico, Cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Fundo De Rafael Cortez y Rafael Pérez, en (28,18 Mts); SUR: Callejón y Terreno De Familia Pérez, en (25,00 Mts); ESTE: Casa De Elías Herrera, en (25,00 Mts); OESTE: Terreno De Familia Pérez, en (38,00 Mts). El solicitante ha construido una q Casa conformada por paredes de bloques, piso de cemento pulido, con techo de platabanda y acerolit, un (01) salón, constante de tres (03) habitaciones, una (01) sala recibo, un (01) comedor, tres (03) baños, una (01) cocina y esta cercada con paredes de bloques; en las cuales invirtió una suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano ITALO ALCIVIADES PEREZ, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.














Solicitud N°. 15-446
FJP/MMAT/Christtian