REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Apure
San Fernando de Apure, veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince
204º y 155º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA



Nº DE EXPEDIENTE: CP01-L-2014-000246
PARTE ACTORA: CRISTIAN GILBERTO OSORIO
PROCURADOR DE LOS TRABAJADORES: ASDRUBAL VARGAS
PARTE DEMANDADA: HOTEL y RESTAURANT PUNTO FRESCO, FP
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: SIN DESIGNAR
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, martes veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince (2015), siendo las diez (10: 00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el JUICIO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma y visto que no compareció la parte demandante, ciudadano CRISTIAN GILBERTO OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.608.026, ni por si, ni por medio de apoderado alguno, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; no obstante, se encuentra presente el Procurador Especial de los Trabajadores del Estado Apure abogado ASDRUBAL VARGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20.475, sin embargo no consta instrumento poder que lo faculte para representar al demandante en la presente audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo de dos mil quince (2015). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-

El Juez Titular,

Abg. Carlos Espinoza Colmenares




La Secretaria,


Abg. Nereida Claribeth Torres Salazar





Procurador de los Trabajadores