REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 26 de Marzo de 2015
204º y 156º
ACTA DE AUDIENCIA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
Asunto: JMSS2-2292-15
SOLICITANTE: MARIA SUGHEY PARRA ARRAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.145.661.
BENEFICIARIOS: Hermanos (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
En horas de Audiencia del día de hoy, siendo las 08:40am, oportunidad señalada para la realización de la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria en la presente solicitud, se dio inicio a la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria, presidida por el Juez Abog. RAMON RIVAS LORETO, con la asistencia de la Secretaria Abg. DAYAN MARTINEZ, y el Alguacil JOSE AGUIRRE.- Constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de celebrarse la audiencia de jurisdicción voluntaria, prevista en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por motivo de Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, suscrita por la ciudadana MARIA SUGHEY PARRA ARRAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.145.661, debidamente asistida por el Abogado Luis Eduardo Lima, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.162, actuando como madre y representante legal de los Hermanos (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de once (11) y nueve (09) años de edad, por fallecimiento de su padre ciudadano DANIEL ALEXIS RIVAS NAVARRO, se deja constancia que esta presente el Abogado Luis Eduardo Lima, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.162.-
Se anuncio el acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia ante este Recinto que no compareció la Solicitante.
Después de concluidas las actividades procesales, inmediatamente el Juez de este Tribunal procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: “Por lo antes expuesto Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA la presente solicitud suscrita por la ciudadana MARIA SUGHEY PARRA ARRAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.145.661, a favor de los hermanos (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en el articulo Nro. 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, Cúmplase. Asimismo se acuerda cerrar la presente causa por cuanto no hay más actuaciones que practicar y remítase al Archivo Judicial de esta ciudad. Y ASÍ SE DECIDE.- Se leyó y conformes firman.-
El Juez Provisorio
Abog. RAMON RIVAS LORETO
La Secretaria,
Abg. DAYAN MARTINEZ
El Alguacil
JOSE AGUIRRE
LUIS EDUARDO LIMA
Abogado Asistente
Exp. N° JMSS2-2292-15
RR/DM/miglays.
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