LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Biruaca, 16 de Marzo de 2015
204° y 156°
Visto el contenido del acta procesal levantada por éste despacho en fecha 02-03-15 a al ciudadano EDNEY FRANCISCO CASTILLO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.543.682 en su carácter de obligado alimentario en la presente causa mediante la cual ofrece aumentar la obligación alimentaria a la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.F 1.200.00), el bono escolar a TRES MIL BOLÍVARES (Bs.F 3.000.00) y el bono decembrino a TRES MIL BOLÍVARES (Bs.F 3.000.00) y mediante acta de fecha 11-03-15 la ciudadana LENNY MARCELINA RIVAS SEIJAS, venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.064.922, en su carácter de madre y representante legal del niño xxx en su derecho de palabra expuso estar de acuerdo con lo ofrecido por el ciudadano Edney. En consecuencia, éste Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO, el Convenimiento Judicial efectuado en la forma y términos expuestos por las partes, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; por lo que, se fija de carácter definitivo la cantidad de la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.F 1.200.00) mensuales, más un bono escolar por la cantidad TRES MIL BOLÍVARES (Bs.F 3.000.00), y un bono decembrino por la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs.F 3.000.00); la obligación alimentaría y los bonos extras serán descontadas directamente de la nomina del obligado alimentario y depositadas en la cuenta de ahorro aperturada en la entidad bancaria Bicentenario para lo cual se ordena librar oficio al Jefe de La Dirección De Personal Del Ejército Bolivariano A Cargo De La División De Derechos Fundamentales Y Disciplina Caracas.
Notifíquese a las autoridades competentes de la presente homologación Judicial. Líbrese lo conducente.
LA JUEZA,
(FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO.
Seguidamente se dió cumplimiento a lo acordado anteriormente.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO.
JA/lp/jh
Exp. 1793-13

Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de dos (02) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 1793-13, Biruaca, 16 de Marzo del 2015.

EL SECRETARIO


Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO