San Fernando de Apure, 16 de Marzo del 2.015
204° y 156°

SOLICITUD: 15-332
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JESUS JUSTINO ASCANIO SANTANA.
FECHA DE ENTRADA 04 DE MARZO DE 2.015

Vista la Solicitud Nº 15-332, presentada por el ciudadano JESUS JUSTINO ASCANIO SANTANA, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.770.296, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno de su Propiedad, según consta de Documento autenticado por ante el Registro Publico del Municipio San Fernando, del Estado Apure, en fecha 29 de Febrero del año 2012,DOCUMENTO DE IDENTIDAD agregado al Cuaderno de Comprobantes bajo el numero 1026 y folio 1053-1053 respectivamente. Este documento quedo inscrito bajo el Numero 2012.345, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.5724 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2012. Tiene un área de TRECIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (316.40 Mts.2/cm) aproximadamente, cuya extensión de terreno esta situada en el Municipio Biruaca, Estado Apure que constituyen unos locales comerciales, alinderados de la siguiente manera: NORTE: JUSTO RUIZ, (19,30 MTS); SUR: CALLE PRINCIPAL DEL BARRIO LIBERTADOR, (05,80 – 11,40 MTS); ESTE: CARRETERA VIA SAN JUAN PAYARA, (13,70 MTS); OESTE: LUIS CAMEJO, (21,30 MTS), ha construido unas bienhechurias que constituyen uno locales comerciales por el sistema de mampostería piso de cemento, techo de platabanda, distribuidos de la siguiente manera, el local marcado “A”, tiene 8 metros de largo por 4 de ancho, con una puerta tipo Santa María; el local “B” 8 metros de largo por 4 de ancho, con una puerta principal de hierro; el local ”C” tiene 6,80 metros de largo por 3,70 de ancho, con puerta tipo Santa Maria; el local “D” tiene 6,70 metros de largo por 3,51 metros de ancho con una puerta tipo Santa Maria; el local “E” tiene de largo 4;30 metros de largo por 3;45 metros de ancho con puerta tipo Santa Maria; el local “F” tiene 11,50 metros de largo por 4 metros de ancho con una puerta tipo portón y el local “G” tiene 11,50 metros de largo por 4 metros de ancho con su puerta tipo portón de metal. Todos los locales tienen sus baños equipados con sus lavamanos y pocetas. Construidas sobre un lote de terreno de las siguientes medidas TRECIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (316,40 Mts2/cm) En las cuales invirtió una suma de CINCO MILLONES BOLIVARES (5.000.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano JESUS JUSTINO ASCANIO SANTANA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.





























Solicitud N°. 15-332.
FJP/MMAT/Christtian.