San Fernando de Apure, 16 de Marzo de 2.015
204° y 155°



SOLICITUD: 15-334
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: LEIDYS MARILYS HERNANDEZ REQUENA
FECHA DE ENTRADA 04 DE MARZO DE 2015.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana LEIDYS MARILYS HERNANDEZ REQUENA venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 17.394.658, de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, según documento de Contrato de Arrendamiento de Ejidos suscrito por la ciudadana Abog. Jheancerlhis del Valle Echenique Rojas. En su carácter de Sindica Procuradora del Municipio Autónomo San Fernando, autoriza, a la ciudadana: LEIDYS MARILYS HERNANDEZ REQUENA , titular de la cedula de identidad N° 17.394.658 a objeto de Tramitar y registrar Titulo Supletorio suficiente sobre un lote de terreno de propiedad Municipal , según contrato de Arrendamiento de Ejidos, de fecha 11 de Noviembre del año 2014, anotado bajo el numero 156, Libro N° 02, constante de CIENTO VEINTIUN METROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS (121Mts,92Cm); Ubicado en el Barrio Raúl Leonis, calle N° 02, casa s/n de la ciudad San Fernando , Municipio San Fernando ,Estado Apure ,comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Calle 2, en 06 metros,35 centímetros; SUR: Casa de la Familia Martínez ,en 06 metros , 35 centímetros; ESTE: Casa de Jilmer Martínez, en 19 metros, 20 centímetros; OESTE: Vereda, en 19 metros, 20 centímetros y con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas ha construido las bienhechurías antes mencionadas, consistentes Una casa de habitación familiar compuesta por: Sala de Recibo ; Sala comedor, Cocina, Tres 03 Habitaciones, una 1 sala de Baño, lavandero, patio , paredes de bloques, puertas de hierro, piso de cemento pulido y cerámica, techo de acerolit y cerca perimetral de bloques. En las cuales invirtió una suma de DOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.250.000.00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de el ciudadano; LEIDYS MARILYS HERNANDEZ REQUENA plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,
Abog.Francisco Javier Padron


La Secretaria Titular,

Abog. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria Titular.

Abog. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.















Solicitud N°14-334.-
FJP/MMAT/mp