SOLICITUD: 15-293
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DECUJUS
NELLYS CORINA ZAMBRANO.
SOLICITANTE: VIKY KAREN SOSA ZAMBRANO.
FECHA DE ENTRADA 30 DE ENERO DE 2.015.
Vista la anterior Solicitud, presentada por el ciudadano VIKY KAREN SOSA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.147.361, en representación de sus hermanos ciudadanos RAMON ANDRES SOSA ZAMBRANO y CORIANGEL SOSA ZAMBRANO, titulares de las Cedulas de Identidad Números V-4.998.757, V-18.145.588, V-19.917.718, V- 24.627.133; debidamente, asistidos por la Abogada en ejercicio ciudadana GRISLUZ VALERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 200.697, de este domicilio; quien solicito ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, se declare conjuntamente con sus hermanos, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: NELLYS CORINA ZAMBRANO, quien fue venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.189.744, falleció Ab-Intestato, en la ciudad de Caracas, Distrito Capital. Oídas las declaraciones de las ciudadanas ADILKA DALIEDNIS APONTE VENERO; venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.231.655, y EVANY ROXANA HERNANDEZ ORTA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.631.155, ambas de este domicilio; quienes declararon que si conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años, a la difunta que en vida se llamara NELLYS CORINA ZAMBRANO; que sí saben y les consta que la solicitante VIKY KAREN SOSA ZAMBRANO, y los ciudadanos: RAMON ANDRES SOSA ZAMBRANO y CORIANGEL SOSA ZAMBRANO, y son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus NELLYS CORINA ZAMBRANO, y que si saben y les consta que la Decujus falleció Ab-Intestato el 11 de Noviembre del 2.014.
D I S P O S I T I V A
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las copias certificadas del Acta de Defunción y las copias de las Partidas de Nacimiento y por cuanto en estas actuaciones sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos VIKY KAREN SOSA ZAMBRANO, RAMON ANDRES SOSA ZAMBRANO, CORIANGEL SOSA ZAMBRANO, Hijos de la Decujus NELLYS CORINA ZAMBRANO cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos VIKY KAREN SOSA ZAMBRANO, y los ciudadanos: RAMON ANDRES SOSA ZAMBRANO y CORIANGEL SOSA ZAMBRANO, Hijos de la Decujus NELLYS CORINA ZAMBRANO, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 02:00 p.m., del día dos (02) del mes de Marzo de Dos Mil Quince (2.015). Años 204º de la Independencia y 156º de la federación.
EL Juez,
Abg. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Titular;
Abg. Maria Milagro Aranguren Tovar.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº , al folio ( ), del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
Abg. Maria Milagro Aranguren Tovar.
Solicitud Nº 15-293
FJP/MMAT/Christtian.
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