SOLICITUD: 15-345

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS ORLANDO ERNESTO .CORTEZ LARA

SOLICITANTE: NANCY JOSEFINA GARCIA DE CORTEZ

FECHA DE ENTRADA: 10 DE MARZO DEL AÑO 2015


Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana NANCY JOSEFINA GARCIA DE CORTEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.874.014, asistida por el Abogado JOSÉ MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.178, de este domicilio; quien solicitó ante este Tribunal se le declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA conjuntamente con sus hijas JOHANA JOSEFINA CORTEZ GARCIA, YOVANINA KAIRE CORTEZ GARCIA, NAILET CERMIRA CORTEZ GARCIA y ANYI ERNESTINA CORTEZ GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.693.751, V- 16.976.637 V-16.976.626 y V- 18.147.547, respectivamente, del Decujus ORLANDO ERNESTO CORTEZ LARA, quien fue venezolano, de 61 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.999.314, falleció Ab-Intestato, en el Municipio San Fernando del Estado Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos ELI SAUL MARCHENA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.238.057 y EDUARDO JOSE CRIOLLO ROMERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.727.017, de este domicilio; quienes declararon que conocen de vista, trato y comunicación a la ciudadana NANCY JOSEFINA GARCIA CORTEZ y les consta que la referida ciudadana es la viuda del causante ORLANDO ERNESTO CORTEZ LARA; que conocieron de vista, trato y comunicación al Decujus ORLANDO ERNESTO CORTEZ LARA, quien fue esposo de la ciudadana NANCY JOSEFINA GARCIA DE CORTEZ y les consta que falleció ab-intestato, el día 18 de febrero del año 2015, en la Parroquia San Fernando del Municipio San Fernando, Estado Apure; Si saben y les consta que la ciudadana NANCY JOSEFINA GARCIA DE CORTEZ, quien es la viuda del Decujus y las ciudadanas JOHANA JOSEFINA CORTEZ GARCIA, YOVANINA KAIRE CORTEZ GARCIA, NAILET CERMIRA CORTEZ GARCIA y ANYI ERNESTINA CORTEZ GARCIA, quienes son las hijas del causante son las únicas y universales herederas, de quien en vida respondiera al nombre de ORLANDO ERNESTO CORTEZ LARA; saben y les consta que el causante ORLANDO ERNESTO CORTEZ LARA, falleció sin otorgar testamento alguno.

D I S P O S I T I V A:

Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con la copia certificada del acta defunción, las partidas de nacimiento de las hijas originales, además del acta de matrimonio y por cuanto en estas actuaciones solo aparecen como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, las ciudadanas NANCY JOSEFINA GARCIA DE CORTEZ, JOHANA JOSEFINA CORTEZ GARCIA, YOVANINA KAIRE CORTEZ GARCIA, NAILET CERMIRA CORTEZ GARCIA y ANYI ERNESTINA CORTEZ GARCIA, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de las ciudadanas NANCY JOSEFINA GARCIA DE CORTEZ, JOHANA JOSEFINA CORTEZ GARCIA, YOVANINA KAIRE CORTEZ GARCIA, NAILET CERMIRA CORTEZ GARCIA y ANYI ERNESTINA CORTEZ GARCIA, venezolanas, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.874.014, V-14.693.751, V- 16.976.637 V-16.976.626 y V- 18.147.547, de este domicilio; en su condición de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del Decujus ORLANDO ERNESTO CORTEZ LARA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del día Veinticinco (25) del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2.015). Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.-

EL Juez,



ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN



La Secretaria Titular,



ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº , en el folio ( ), del Libro Diario.

La Secretaria Titular,



ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.











S/Nº 15-345
FJP/MMAT/gv