San Fernando de Apure, 03 de Febrero de 2.015
204° y 155°
SOLICITUD: 15-322
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: FRANCIA JOSEFINA LAYA MARTINEZ
FECHA DE ENTRADA 26 DE FEBRERO DE 2015.
Vista la Solicitud presentada por la ciudadana FRANCIA JOSEFINA LAYA MARTINEZ venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 5.359.485, de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre una superficie de terreno de propiedad Municipal ubicada en: En la urbanización “Los Tamarindos”, sector 1, calle 1, parcela n°6, jurisdicción del Municipio San Fernando, Estado Apure, constante de ciento ochenta y tres metros cuadrados (183mts2), y en el cual tiene construida una vivienda propia para habitación Familiar, cuyas medidas y linderos son las siguientes :NORTE: Familia Brito con diez metros (10mts) ; SUR: Calle1 con diez metros (10mts) ESTE; Familia Ochoa con dieciocho metros con treinta centímetros (18mts,30cm); OESTE: Familia Jiménez con dieciocho metros con treinta centímetros (18mts,30cm) según consta de sendos instrumentos debidamente protocolizados por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio San Fernando inserto bajo los números 2013.1351, asientos Registral 1 del inmueble matriculado con el n° 271.3.6.1.10255 y correspondiente al libro de folio real del año dos mil trece; y documento n° 255, folios diecinueve al veintidós del protocolo primero, tomo segundo adicional, v , tercer trimestre de fecha treinta de septiembre de mil novecientos noventa y dos. el cual construyo a sus solas y únicas expensa con dinero de su propio peculio, habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de para la época de su construcción la suma de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.50.000, 00) equivalentes en la actualidad en la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES. Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana; FRANCIA JOSEFINA LAYA MARTINEZ plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,
Abog.Francisco Javier Padron
La Secretaria Titular,
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria Titular.
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
Solicitud N°15-322.-
FJP/MMAT/mp
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