San Fernando de Apure, 30 de Marzo de 2.015
204° y 156°

SOLICITUD: 15-343
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: XIOMARA BARBARA TANDIOY DE
MARTINEZ.
FECHA DE ENTRADA 09 DE MARZO DE 2.015.
Vista la Solicitud Nº 15-343, presentada por la ciudadana XIOMARA BARBARA TANDIOY DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.904.717, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su Propiedad, según consta Titulo De Adjudicación De Parcela En Tierra Urbana O Periurbana Publica debidamente Registrado por ante el Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, quedando inscrito bajo el Numero 2013.1984, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Numero 271.3.6.1.10888 y Correspondiente al Folio Real del Año 2013, en fecha 27 de Junio del año 2013, con una superficie de terreno de CIENTO VEINTIOCHO METROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS, (128,58 M2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Entrada al Parque de Feria, en Trece Metros con Noventa y Cuatro Centímetros (13,94 Mts). SUR: Terreno Municipal, en Tres Metros con Sesenta y Seis centímetros mas Dos Metros con Ochenta Centímetros, (3,66 + 2,80 Mts). ESTE: Calle Principal de Antonio José de Sucre, en Catorce Metros con Setenta Centímetros, (14,70 Mts). OESTE: Casa de la Familia Villanueva, en Diez Metros con Cincuenta Centímetros, (10,50 Mts). Y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido bienhechurías las cuales están constituida por: una (01) Casa de Mampostería de Tres (03) Planta el cual es de la manera siguiente: Planta Baja: un Local Comercial de (Ciento Veintiocho Metros Con Cincuenta y Ocho Centímetros 128,58 MTS2/cm), techo de Platabanda, piso de granito, un (01) Deposito, un (01) Baño y Tres (03) Puertas de Santamaría. Primer Piso: que mide (Ciento Veintiocho Metros con Cincuenta y Ocho Centímetros 128,58 MTS2/cm), su descripción es; Tres (03) Habitaciones, Techo de Platabanda, Dos (02) baños, piso de granito, una (01) cocina, una (01) sala comedor, una (01) sala de Estar. Segundo Piso: que mide (Ciento Veintiocho Metros Con Cincuenta y Ocho Centímetros 128,58 MTS2/cm), su descripción es de piso de Granito, un (01) lavandero, Techo de Acerolit y una Sala de Estar, paredes de bloques frisadas, mescrillada y pintadas, puertas de hierro y Ventanas Panorámicas, aguas y Luz. En las cuales invirtió una suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000, 00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana XIOMARA BARBARA TANDIOY DE MARTINEZ, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,



ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular;



ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular;




ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.













Solicitud N°. 15-343.
FJP/MMAT/Christtian.