REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-
San Fernando de Apure, 06 de Mayo del año 2.015.-
205º y 156º
SENTENCIA DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES.-
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
SOLICITANTE: IRMA DEL VALLE CAMACHO DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.588.061.-
BENEFICIARIOS: HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).-
I
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para Cobro de Beneficios Sociales, formulada ante este Tribunal en fecha 17-04-2.015, por la ciudadana IRMA DEL VALLE CAMACHO DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.588.061, actuando en beneficio de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12), trece (13), diecisiete (17) y catorce (14) años de edad respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual es efectuada en los siguientes términos:
“En fecha 05-07-2014, falleció ab-intestato en la vía pública, sector Biruaquita, municipio Biruaca del estado Apure, el ciudadano: Luís Antero Ruiz Fuentes… La causa principal de la muerte fue: Shock Hipovolémico, lesión corazón y pulmón… El De cujus era Agente Policial adscrito a la Gobernación del estado Apure y dejo como herederos, entre otros a los adolescentes (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y al niño: (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), cuya Declaración de Únicos y Universales Herederos se tramitó por ante el Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Apure en la causa signada con el Nº JMSS1-6179-14…
En virtud de ello acudo ante su competente autoridad, para solicitar como en efecto lo hago, AUTORIZACION JUDICIAL, a los fines de tramitar, reclamar y cobrar los Beneficios Sociales dejados por el de cujus Luís Antero Ruiz Fuentes … a favor de los adolescentes (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y al niño: (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), así como reclamar todos los derechos y acciones que puedan corresponderle a los prenombrados niños. Solicito también se expida autorización a las madres de ellos para aperturar cuenta de ahorros a favor de sus hijos…
Fundamento la presente solicitud en los artículos 8 y 177 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.
Finalmente, juro la URGENCIA del caso, pido que la presente solicitud sea admitida y sustancia conforme a Derecho y declarada con lugar en la definitiva”.-
En fecha 20 de Abril del año 2015, se admitió la presente solicitud, fijando Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria, celebrándose la misma en fecha 19-11-2014, en la cual compareció la solicitante y los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12) y trece (13) años de edad respectivamente, quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, manifestaron su consentimiento acerca de la presente solicitud, tal como se evidencia a los folios 13 al 15 de la causa.-
II
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana IRMA DEL VALLE CAMACHO DEL ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.588.061 para que GESTIONE a favor de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de doce (12), trece (13), diecisiete (17) y catorce (14) años de edad respectivamente, por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales, (incluyendo Pensión de Sobreviviente) que le pueda corresponder a los referidos beneficiarios por motivo del fallecimiento de su padre el De-Cujus LUIS ANTERO RUIZ FUENTES, quien fuera titular de la Cédula de Identidad Nº 9.595.816.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 267 del Código Civil Venezolano Vigente.-
SEGUNDO: Se AUTORIZA a las ciudadanas CATANIA BLANCO RUIZ, ASILIA MARIA GUILLEN BLANCO y MAYRA ALEJANDRA PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 17.607.890, 12.903.801 y 15.513.271 para aperturar cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario con el fin de recabar los beneficios sociales a favor de los hermanos que nos ocupan.-
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la interesada.- Devuélvanse los documentos originales previa certificación de los mismos en autos.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, a los seis (06) días del mes de Mayo del año dos mil quince (2.015).- Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
El Juez Prov.,
Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/homer.-
Exp. Nº JMSS2-2.367-15.-
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