TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 18 de Mayo del 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-423
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ELSA MARINA TOVAR DE ALVAREZ
FECHA DE ENTRADA 08 DEMAYO DE 2015.
Vista la Solicitud Nº 15-423, presentada por la ciudadana ELSA MARINA TOVAR DE ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.758.770, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno de su Propiedad, según consta de Documento Original de Titulo de Adjudicación en Propiedad de Parcela en Tierra Urbana o Periurbana Publica, anexo a la solicitud, debidamente autorizado por la Abogada JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, Sindica Procuradora Municipal (E) de la Alcaldía del Municipio San Fernando, del Estado Apure, con una superficie de terreno de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150,00 M2), ubicada en el Barrio Campo Alegre I, Segunda Transversal, sin numero cívico, Municipio San Fernando del Estado Apure, consta de: paredes de bloques frisadas, (02) habitaciones, dos (02) baños con todos sus accesorios, una (01) sala-recibo, una sala comedor, cocina semi empotrada, piso de cerámica, techo de acerolit, puertas y ventanas metálicas, cuenta con los servicios de luz, agua blancas y servidas. Dichas bienhechurias se encuentran comprendida de los siguientes linderos: NORTE: Casa de la Familia López, en diez metros (10,00 Mts); SUR: Calle El Merey, en diez metros (10,00 Mts); ESTE: Casa de Familia Rojas, en quince metros (15,00 Mts); OESTE: Casa de la familia Pérez, en quince metros (15,00 Mts); sobre las cuales ha invirtió la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 300,000,00). Bienhechurias estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana ELSA MARINA TOVAR DE ALVAREZ, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de Doce ( 12 ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al folio ,del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.


















FJP/MMAT/mch.-y.-
Solicitud N°. 15-423.-