TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 25 de Mayo de 2.015
205° y 156°
SOLICITUD: 15-428
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSE PADERMO BOLIVAR MONTOYA.
FECHA DE ENTRADA 13 DE MAYO DE 2.015.

Vista la Solicitud Nº 15-428, presentada por el ciudadano JOSE PADERMO BOLIVAR MONTOYA, venezolano, mayor de edad, soletero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-7.268.768, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un lote de terreno que es propiedad del ciudadano JOSE PADERMO BOLIVAR MONTOYA quien es su dueño según consta en contrato de compra – venta de Ejido suscrito por el Municipio San Fernando ALCALDESA, OFELIA JOSEFINA PADRON ALVARADO, debidamente protocolizado por ante el Registro Público de San Fernando, en fecha veintitrés (23) de Abril de dos mil quince (2015) quedando anotado bajo el Numero 2015.810, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado bajo el Nº 271.3.6.1.16073, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2015, quien le cede todos sus derechos sobre el lote de terreno al ciudadano JOSE PADERMO BOLIVAR MONTOYA, dicho terreno constante de una superficie de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRDOS (272,00 M2), ubicado en la “LA PARROQUIA EL RECREO, SECTOR LAS MERCEDES”, Municipio San Fernando, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Familia García, en Veintisiete Metros con Veinte Centímetros, (27,20 Mts); SUR: Familia Bolívar, en Diez Metros con Veinte Centímetros mas Diecisiete Metro, (10,20 + 17,00 Mts); ESTE: Familia Izquierdo, en Seis Metros con Cuarenta Centímetros con Cuarenta Centímetros mas Siete Metros con Sesenta Centímetros, (6,40 + 7,60 Mts); OESTE: Calle en Proyecto Rosa Inés, en Catorce Metros, (14,00 Mts); ello , según se evidencia en CEDULA CATASTRAL Nº 0078-15, de fecha 07/01/2015, y se encuentra comprendido entre los siguientes puntos y coordenadas: P-1 (N868.769.40; E 667.450.02); P-2 (N 868.771.29; E 667.464.90); P-3 (N 868.758.60; E 667.466.51); P-4 (N 868.756.70; E 667.451.63); P-1 (N 868.769.40; E 667.450.02). Las cuales están constituidas por las siguientes características: una (1) casa construida de mampostería, con Cinco (5) puertas de hierro, Seis (6) ventanas, techo de Platabanda, piso de cemento rustico, dividas en Dos (2) habitaciones, una (1) sala de baño, una (1) sala comedor, una (1) cocina, un (1) lavandero con instalaciones de aguas negras y blancas, luz eléctrica, y todos los demás servicios básicos urbanos inherentes. En las cuales invirtió una suma de QUINIENTOS MIL BOLIVRAES (Bs. 500.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano JOSE PADERMO BOLIVAR MONTOYA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al solicitante.
El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular;


ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.








Solicitud N°. 15-428
FJP/MMAT/Christtian.