TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San Fernando de Apure, 25 de Mayo del 2.015
205° y 156°
SOLICITUD: 15-449
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: CESAR ALBERTO BERDUGO
FECHA DE ENTRADA 25 DE MAYO DE 2015.
Vista la Solicitud Nº 15-449, presentada por el ciudadano CESAR ALBERTO BERDUGO, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.240.453 en su carácter de presidente y representante legal de la empresa denominada CAUCHERA CARABOBO, C.A. quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad de la empresa denominada CAUCHERA CARABOBO, C.A, debidamente Registrado por ante la Oficina del Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, anotado bajo el numero N° 2015.1022, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el N° 271.3.6.1.16285 y correspondiente al libro de folio real del año 2015 de fecha 20 de mayo del año 2015, con una superficie de terreno de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS (45,57 M2) Ubicado en la Avenida Carabobo de esta ciudad de san Fernando de Apure, Estado Apure, constante de: un local comercial para deposito con Mezzanina, con estructura metálicas con tubos de 100x100, con paredes de bloque de cemento de 15 cm, de placa de losa cero, piso de cemento, ventanas de hierro, escalera de tubo estructural de hierro. Sobre una área de construcción constante de una plata baja de nueve metros con noventa centímetros (9,80 mts) de ancho, por cuatro metros con sesenta y cinco centímetros (4,65 mts) de fondo y la segunda planta de mezzanina, de nueve metros con ochenta centímetros cuadrados (9,80 mts) de ancho por tres metros con noventa y siete centímetros (3,97 mts) de fondo para un total de OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (84,47 M2) de construcción. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Moanud Sevillas, en nueve Metros con ochenta centímetros (9,80Mts); SUR: Local Comercial de cauchera Maracay y local de de cauchera Carabobo, C.A, en nueve Metros con ochenta centímetros (9,80 Mts); ESTE: Área de servicio del edificio Doña Isabel, en cuatro Metros con ochenta centímetros (4,80 Mts); OESTE: solar y casa de la Señora Pastora Aponte, en cuatro Metros con ochenta centímetros (4,80 Mts); En las cuales invirtió una suma de TRES MILLLONES DE BOLIVARES (3.000.000,00 Bs.). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano CESAR ALBERTO BERDUGO plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.

El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular

ABOG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.







Sol N° 15-449.
FJP/MMAT/lm.