REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITANTE: GILLBERTH ALADINO LEON DELGADO
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS. -
ABOGADO: ELIO VALERO. (IPSA 147.755)
SOLICITUD: Nº S-1035-15. -
RESOLUCIÖN: 0094

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: GILLBERTH ALADINO LEON DELGADO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.243.322, domiciliado en la Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: GILLBERTH ALADINO LEON DELGADO, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, ubicadas en el Sector Barrio Nuevo de la Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure.- Las bienhechurías están conformadas por: Una casa de habitación familiar, construidas con paredes de bloques de cemento totalmente frisadas, techo de acerolit, piso de cerámica y cemento pulido, puertas de hierro y de madera, porche, jardinera, cinco habitaciones, cocina empotrada, recibo, comedor, corredor, sala, tres baños con inodoro con pisos de cerámicas y duchas, un lavandero techado con acerolit.- Dichas bienhechurías constan de TRECE (13) METROS DE FRENTE, POR CATORCE (14) METROS DE FONDO, para un Total de: CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (182 Mts2).- Un Caney edificado con tubos de estructura, techo de zinc, piso de cemento pulido, y consta de CUATRO (4) METROS DE FRENTE, POR SIETE (7) METROS DE FONDO, para un Total de: VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (28 Mts2).- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz del estado Apure, según consta en Documento Contrato de Arrendamiento, registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos que para tal fin llevó la sindicatura de este Municipio durante el año 2.015, bajo el N° 60, folios 237 al 240 de fecha 22 de Abril de 2.015; constante de VEINTIOCHO (28) METROS DE FRENTE, POR VEINTISEIS (26) METROS DE FONDO, para un total de: SETECIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (728 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de José Delgado; SUR: Calle Transversal; ESTE: Casa de Carmen Lugo; OESTE: Locales de León Aladino.- En dichas bienhechurías el ciudadano: GILLBERTH ALADINO LEON DELGADO, invirtió la cantidad de: SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000,00), dinero de su propio peculio.-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, previo su registro bajo el Nº S-1035-15.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintisiete (27) días del mes de Mayo De Año Dos Mil Quince (2.015). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza Prov., La Secretaria Tit.,

Abog. Ana María Garcías. Abog. Lilibeth Amador de Quintero
En la misma fecha siendo las 12:20 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-

Abog. Lilibeth Amador de Quintero