REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 21 de mayo 2015
205° y 156°
Causa Nº 1Aa-2881-14
JUEZ PONENTE: JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ
Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la pretensión interpuesta el 6-10-2014 por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO, Defensora Pública de la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensora de YOSNER DAVID GONZALEZ, contra la decisión mediante la cual el 1-10-2014, la Juez de Primera Instancia en funciones de Control de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. BETTY YANEHT ORTIZ CHACON, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión de los delitos de violencia sexual, tipificado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y robo agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Cursa al folio 88 del presente cuaderno de incidencia, nota con fecha 6-4-2015, mediante la cual la Secretaria de este Despacho, KATIANA LUSINCHI, dejó escrito: “… en el día de hoy, seis (6) de abril de 2015… realicé llamada telefónica al abonado de servicio Nº 0278-3320712 perteneciente del Área de Alguacilazgo de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal del (sic) Apure, entrevistándome (sic) con la ciudadana Xiomara Peña, Secretaria del Tribunal Primero de Control de la Extensión Guasdualito, a quien se le solicitó información referente al Asunto Penal Nº 1Aa-2881-14, llevado por esta Alzada (Expediente Nº 1c-13.273-14 en la nomenclatura del Tribunal de Primera Instancia), manifestando la ciudadana, que la misma fue remitida al Tribunal de Ejecución por Admisión de los Hechos, manteniéndose la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad…”.
Al folio 92 del presente cuaderno de incidencia, corre inserto Oficio Nº 2171-15 del 5-5-2015, mediante el cual la A-quo informó: “… se pudo evidenciar que la causa (sic) a la que corresponde (sic) dicha solicitud, fue remitida al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de este Circuito y Extensión, en fecha 10 de Noviembre de 2014…”.
De lo transcrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de perdida del interés procesal por parte de la Recurrente, toda vez que decretada la condenatoria del imputado, la controversia sobre la materia cautelar cedió ante los efectos de la resolución definitiva del fondo del asunto, al quedar desvirtuada la presunción de inocencia, por lo que asume la Corte, nemine discrepante, que se debe declarar no ha lugar la pretensión formulada por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO. ASI SE DECIDE.
II
DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara no ha lugar a la pretensión interpuesta el 6-10-2014 por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO, Defensora Pública de la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensora de YOSNER DAVID GONZALEZ, contra la decisión mediante la cual el 1-10-2014, la Juez de Primera Instancia en funciones de Control de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. BETTY YANEHT ORTIZ CHACON, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos de violencia sexual, tipificado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y robo agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal.
Publíquese, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo de la A-quo.
EL JUEZ PRESIDENTE,
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
LA JUEZ,
NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
EL JUEZ (Ponente),
JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ
LA SECRETARIA,
ABG. KATIANA LUSINCHI
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las diez 10:00 a.m..
LA SECRETARIA,
ABG. KATIANA LUSINCHI
EEC/NMRR/JCGG/KL/Ana M.
Causa Nº 1Aa-2881-14