REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 02 de Noviembre de 2.015
205º y 156º
Exp. Nro. JMSS1-5809-2014

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

SOLICITANTE: GUSTAVO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ y CARMEN VICTORIA ARJONA SALAZAR, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 19.152.323 y V- 18.017.627.
BENEFICIARIOS: Niña. (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
I
NARRATIVA
Visto el contenido de escrito signado bajo el numero de oficio N° 711, de fecha 27/10/2.015, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de ésta Circunscripción Judicial, donde solicitaron remisión del expediente N° JMSS1-5809-14, Para dicho Juzgado, en atención a que se observa que la beneficiaria reside en esa Jurisdicción.
Ahora bien, luego de haber realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Sentenciadora en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, pasa a decidir previa las siguientes consideraciones:
.
MOTIVA
En tal sentido, existe un Régimen Atributivo de Competencia establecido en la Resolución 1.278, de fecha 22-08-2.000, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14/09/2.000, para los asuntos alimentarios a los Tribunales de Municipios.
DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se Declara Incompetente, en consecuencia, se Declina Competencia al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el Régimen Atributivo de Competencia establecido en la Resolución 1.278, de fecha 22-08-2.000, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14/09/2.000, para los asuntos alimentarios a los Tribunales de Municipios, a los fines de que continúe conociendo la presente causa, en consecuencia se ordena la remisión del presente expediente en original al mencionado Juzgado.Cúmplase. Líbrese lo conducente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando a los Dos (02) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2.015).- Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Juez Provisoria
Abg. DULCE MEDINA
La Secretaria,

Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ
En esta misma fecha se publicó la presente Sentencia, previo anuncio de Ley, a las puertas del Tribunal siendo las 09:55 a.m.
La Secretaria,

Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ

DM/NSR/Erys.-.