REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 24 de Noviembre de 2015
205° y 156°
CAUSA Nº 1Aa-3154-14.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta en fecha 3-8-2015, por el ciudadano ROGER ALGENIS COLLINS RAMOS, debidamente asistido para este acto por los Abgs. JESÚS ANTONIO MATERAN GRAU y OLGA JUDIT DE MATERAN, contra la decisión dictada el 3-7-2014, por la Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Ysmaira Camejo, mediante la cual declaró con lugar el pedimento de la Fiscalía para que se desestimara de conformidad con el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal, denuncia formulada el 18-8-12 por ROGER ALGENIS COLLINS RAMOS ante ese Despacho Fiscal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 442 eiusdem. Ahora bien el recurrente fundamentó legalmente la apelación de conformidad con el artículo 439 numerales 1 y 5, pero esta Corte considera que encuadra en la causal prevista en el numeral 7 del artículo 439, en relación con el artículo 284 ibidem, y así se admite.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el primer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.

JUEZA PRESIDENTA (Ponente),

CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
JUEZ SUPERIOR,

JUAN CARLOS GOITÍA GÓMEZ

JUEZA SUPERIOR,

MARALY KATYHUSKA OLIVARES ROBLES

SECRETARIA,

KATIANA LUSINCHI





CMMC/JCGG/MKOR/KL/Manorka.
1Aa-3154-15.