LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Biruaca, 15 de Octubre de 2015
205° y 156°
Por recibido el anterior escrito emanado de la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial en fecha 05 de Octubre del corriente año, constante de Cuatro (04) folios útiles, suscrito por. JEAN MANUEL RAMÍREZ, quien actuando en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo Encargado del Estado Apure, conforme al artículo 170 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio del niño; mediante el cual remite acuerdo de obligación suscrito por los ciudadanos: JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.715.631 y la ciudadana WINDYS ROSMARY CONTRERA MELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.634.523, para su respectiva Homologación Judicial, désele entrada y admítase, anótese en el libro de causa que lleva éste Despacho bajo el Nº 2297-15 Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1500,00) mensuales pagaderos a partir del 01/09/2015 SEGUNDO: Igualmente, se compromete a pagar un Bono Único escolar por la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (3.000 BS), para la compra de Uniformes y Útiles Escolares con motivo del inicio del nuevo año escolar para el 30/09/2015 TERCERO: También se acordó un Bono Único Decembrino por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (5.000 BS), para la compra de Ropa, y Calzado con motivo de las festividades Decembrinas para el 15/12/2015 CUARTO: En lo referente a consultas médicas, medicinas, exámenes, vestidos, recreación o cualquier otro gasto extraordinario que requiera su hijo, serán compartidos por ambos padres en un 50% cada uno, Las partes acuerdan que los montos aquí establecidos serán depositados en la cuenta de ahorro que se ordena aperturar en este mismo acto en el Banco Bicentenario para tal efecto, La cual será administrada por la madre del niño ciudadana: WINDYS ROSMARY CONTRERAS MELO
Se acuerda notificar a la Fiscalia Octava del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación alimentaria antes expuestos en la presente causa. Líbrese notificaciones.
LA JUEZA, (FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
(FDO)
EL SECRETARIO.
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
Seguidamente siendo las 02:40 p.m. y como fue ordenado se registró, publicó y se dejó copia certificada de la anterior HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO JUDICIAL de obligación alimentaria, con fuerza de Sentencia Definitiva.
EL SECRETARIO. (FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JAD/LAP/maría
Exp. Nº 2297-15
Quien suscribe, Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de Dos (02) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2297-15, Biruaca, 15 de Octubre de 2015.
EL SECRETARIO
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
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