LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Biruaca, 21 de Octubre de 2015
205° y 156°

Por recibido el anterior escrito emanado de la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial en fecha 19 de Octubre del corriente año, constante de Cuatro (04) folios útiles, suscrito por. NERYS COROMOTO FLORES APONTE, quienactuando en su carácter de Fiscal Auxiliar Sexta Encargado del Estado Apure, conforme al artículo 170 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio del niño; mediante el cual remite acuerdo de obligación suscrito por los ciudadanos: WESAM KIWAM, Extranjero , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.488.802 y la ciudadana AYMARA JHOSNMAR HERNANDEZ APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.000.847, para su respectiva Homologación Judicial, désele entrada y admítase, anótese en el libro de causa que lleva éste Despacho bajo el Nº 2270-15 Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de siete mil bolívares (Bs. 7.000); mensuales a partir del 30/09/2015 SEGUNDO: Los progenitores acuerdan que el bono único por concepto de educación será cumplido en especie correspondiente al padre la compra de zapatos y uniformes y a la madre la compra de útiles escolares. TERCERO: Los progenitores acuerdan que el bono único decembrino para la compra de Ropa, Calzado y Juguetes, con motivo de festividades de de diciembre, será cumplido en especie correspondiente al padre el 24 y la madre la fecha del 31 CUARTO: Se les indico a ambos progenitores que los gastos de Medicinas, consultas y exámenes son compartidos en un 50% cada uno. Ambas partes acuerdan que dichas sumas serán depositadas en la Cuenta de Ahorros que se ordena aperturar en este mismo acto en el Banco Bicentenario para tal efecto, La cual será administrada por la madre del niño ciudadana: AYMARA JHOSNMAR HERNANDEZ APONTE.
Se acuerda notificar a la Fiscalia Octava del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación alimentaria antes expuestos en la presente causa. Líbrese notificaciones.
LA JUEZA, (FDO)

Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
(FDO)
EL SECRETARIO.

Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
Seguidamente siendo las 02:40 p.m. y como fue ordenado se registró, publicó y se dejó copia certificada de la anterior HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO JUDICIAL de obligación alimentaria, con fuerza de Sentencia Definitiva.
EL SECRETARIO. (FDO)

Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JAD/LAP/maría
Exp. Nº 2270-15

Quien suscribe, Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de Dos (02) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2270-15, Biruaca, 21 de Octubre de 2015.
EL SECRETARIO
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO