LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Biruaca, 05 de Octubre de 2015
205° y 156°
Vista el Acta que antecede, donde se dejó constancia del Convenimiento suscrito por los ciudadanos DURVIS ELIZABETH GARCIA DE BERRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.266.881, en su carácter de parte demandante en la presente causa, debidamente asistida por el abg. WLADIMIR CORDOBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.170, y el ciudadano LEONARDO HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.135.768, en su condición de demandado, debidamente asistido por el abg. WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179; mediante el cual acuerdan en celebrar el siguiente convenio descrito de la siguiente manera, PRIMERO: Se convino en extender la relación arrendataria, por el lapso de Un (01) año, contado a partir de fecha 23-09-2015, efectuando un incremento en el canon de arrendamiento por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) mensuales, con la obligación de que una vez concluido el lapso de extensión de la relación arrendaticia, se deberá efectuar la entrega del inmueble objeto de la acción sin ningún otro tipo de prórroga. SEGUNDO: El pago de los cánones de arrendamiento se efectuará en cheque de gerencia a favor de la ciudadana DURVIS ELIZABETH GARCIA DE BERRO, ya identificada, y devuelto recibo, en tal sentido, dejando constancia que de no lograr la adquisición de los cheques de gerencia, se hará el pago en cheque personal no endosable. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, imparte su HOMOLOGACIÓN, al Convenimiento realizado entre las partes.
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente una vez que quede firme la presente homologación.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en Biruaca, a los 16 días del mes de Septiembre del año 2015.
LA JUEZA,
(FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO.
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO.
JA/LAP/arturo
Exp. Nº 2217-15
Quien suscribe DR. LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copias constante de (02) folios útil es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente de Civil N° 2217-15. Biruaca, 05 de Octubre de 2015.
EL SECRETARIO,
DR. LENIN ALEXANDER POLANCO
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