San Fernando de Apure, 23 de Octubre del año 2.015
204° y 156°

SOLICITUD 15-627
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: SALVATORE FIRERA DELUCA
FECHA DE ENTRADA: 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015.

Vista la Solicitud Nº 15-627, presentada por el ciudadano SALVATORE FIRERA DELUCA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.868.949, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según consta en el documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Municipio San Fernando del Estado Apure, registrado bajo el N° 90, folios 147 al 148 del Protocolo Primero, Tomo Primero, Tercer Trimestre del año en curso, con una superficie de terreno de CINCO MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (5.400 MTS), ubicado en la Avenida Intercomunal, vía San Fernando-Biruaca, de esta ciudad de San Fernando cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con terrenos vacuos; SUR: Con Manuel Rodríguez; ESTE: Con carretera Biruaca; y OESTE: Terrenos municipales, y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas de manera pública, ha construido he invertido en la construcción de un conjunto de bienhechurías, sobre en un lote de terreno de CINCO MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (5.400 MTS), bienhechurías que están constituidas por seis (06) locales comerciales, construidos totalmente de mampostería, con baño interno cada uno, techo de platabanda, puertas de metal tipo santa maría y piso de cemento pulido, en las cuales se invirtieron una suma de UN MILLON BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00). A favor del ciudadano SALVATORE FIRERA DELUCA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas y expedir copias certificadas de toda la solicitud al solicitante.



El Juez;

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.




La Secretaria Titular;


ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio ( ) del libro diario.
La Secretaria Titular;


ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-












SOLICITUD N° 15-627
FJP/MMAT/Gv.