San Fernando de Apure, 26 de Octubre del año 2.015
204° y 156°
SOLICITUD 15-616
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ANA XIOMARA ROMAN SEIJAS
FECHA DE ENTRADA: 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015
Vista la Solicitud Nº 15-616, presentada por la ciudadana ANA XIOMARA ROMAN SEIJAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.590.352, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio San Fernando, según consta en el Contrato de Arrendamiento de Ejido suscrito entre la Sindica Procuradora (E), Municipal Abg. ABG. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, y la ciudadana ANA XIOMARA ROMAN SEIJAS, ubicado en la Urbanización José Antonio Páez, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS METROS (300,00 MTS), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa de Mary Pérez con QUINCE METROS (15,00 MTS); SUR: Calle Principal de la Urbanización José Antonio Páez con QUINCE METROS (15,00 MTS); ESTE: Casa de Marbeya Escalona con VEINTE METROS (20,00 MTS); OESTE: Calle en proyecto con VEINTE METROS (20,00 MTS), y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido he invertido en la construcción de una casa de mampostería, sobre en un lote de terreno de TRECIENTOS METROS (300,00 MTS), bienhechurías que están constituidas por una (01) casa de mampostería de diez metros (10,00 MTS) de largo por diez metros (10,00 MTS) de ancho, techo de platabanda, piso de cemento, tres (03) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, paredes de bloques frisados, mescrilladas y pintadas, puertas y ventanas de hierro, agua y luz, en las cuales se invirtieron una suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00). A favor de la ciudadana ANA XIOMARA ROMAN SEIJAS, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
El Juez;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio ( ) del libro diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-
SOLICITUD N° 15-616
FJP/MMAT/Gv.
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