San Fernando de Apure, 08 de Octubre de 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-607
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: KAREN YENIRED GALLEGO DE MELECIO.
FECHA DE ENTRADA 06 DE OCTUBRE DE 2.015.

Vista la Solicitud Nº 15-607, presentada por la ciudadana KAREN YENIRED GALLEGO DE MELECIO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.270.875, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno del Municipio Biruaca, del Estado Apure, según consta en la “AUTORIZACIÓN” otorgado en este acto por la Sindica Procuradora Municipal Abg. SANTA MAGALIS NIEVES S., de la Alcaldía del Municipio Biruaca, Estado Apure, con una superficie de terreno de (266,00 M2), ubicado en la PARROQUIA BIRUACA, URBANIZACION EL PARAISO I, del Estado Apure, sin numero cívico, Cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: PARCELA SOLA CON UNA CONSTRUCCION, CON 19,00MTS; SUR: CASA DE LILA PIÑERO, CON 19,00 MTS; ESTE: 3ERA CALLE SECTOR LAS LAGUNITAS, CON 14,00 MTS; OESTE: CASA ERICK ROCA, CON 14,00MTS. Constante de la misma para una casa de habitación familiar con estructura de mampostería, piso de cemento pulido, Una (01) sala-recibo, Un (01) comedor, Una (01) cocina empotrada, Tres (03) habitaciones, Un (01) baño con todos sus accesorios, techo de acerolit, cerca de bloques y cemento, ventanas y puertas metálicas, servicios de aguas negras y aguas blancas y luz eléctrica; en las cuales invirtió una suma de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (280.000 Bs.). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana KAREN YENIRED GALLEGO DE MELECIO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.
El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.

La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.


























Solicitud N°. 15-607
FJP/MMAT/Christtian