San Fernando de Apure, 09 de Octubre de 2.015
205° y 156

SOLICITUD: 15-586
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: MARIA INES RODRIGUEZ ROJAS
FECHA DE ENTRADA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana MARIA INES RODRIGUEZ ROJAS venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 18.993.257, de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno de su Propiedad, según consta el Contrato de Compra-Venta de Ejido. Documento este Registrado por ante la Oficina del Registro Público de Municipio San Fernando del Estado Apure de fecha 29 de Mayo del año 2015, anotado bajo el N° 2015.1077, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 271.3.6.1.16340 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2015, Ubicado específicamente en la Urbanización Santa Rufina, sector 2, calle Nº 9 casa s/n, Estado Apure, con una superficie de terreno de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TRES CENTIMETROS (45Mts2.03cm) comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Casa de la ciudadana Nancy del Valle Rojas de Rodríguez en (7mts,90cm); SUR: Casa de la Familia Torres en (7mts, 90cm); ESTE: Casa de la Ciudadana Nancy del Valle de Rodríguez en (5mts,70cm); OESTE: Calle Nueve en (5mts,70cm) y dichas bienhechurías consisten en: Una (1) Casa propia de dos (2) plantas para habitación familiar, compuesta de las siguientes manera: La Primera planta esta compuesta por, Techo de plata banda , piso de porcelana, ventana en material de hierro, puertas de hierro, paredes de bloque frisada en cemento, con revestimiento de pintura a base de caucho y conformada así: Una (1) cocina , una (1) sala recibo, un (1) lavandero , una (1) sala de baño. La Planta de arriba consiste en; Piso de porcelana, plata banda, paredes de bloque frisadas, con revestimiento de pintura a base de caucho y está conformada de esta forma: Tres (3) habitaciones dormitorio, dos (2) salas de baño, un (1) pasillo, un (1) porche. El precio de esta bienhechuría es de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000,00) Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana; MARIA INES RODRIGUEZ ROJAS plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-

El Juez,
Abog.Francisco Javier Padron
La Secretaria Titular,
Abog. Maria Milagro Aranguren T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria Titular.
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
Solicitud N°15-586
FJP/MMAT/mp