REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITANTE: JESUS ALBERTO NEIRA.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADO: ESTHER FONSECA.- I.N.P.R.E. N° 170.351
SOLICITUD: Nº S-1067-15.-
DECRETO: N° 0147.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JESUS ALBERTO NEIRA, venezolano, soltero, mayor de edad, domiciliado en el Sector Yopito I, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.235.755; debidamente asistido por la abogada en ejercicio ESTHER FONSECA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 170.351; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: JESUS ALBERTO NEIRA, antes identificada; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, ubicadas en el el Sector Yopito I, de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure.- Las bienhechurías están conformadas por: una Casa de habitación familiar; constante de Dos (02) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala- comedor, un (01) corredor, piso de cemento pulido, techo de acerolít, paredes de bloque y puertas de hierro.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz del Estado Apure, según consta en Documento Contrato de Arrendamiento, registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos que para tal fin lleva la sindicatura de este municipio en el presente año 2.015, bajo el N° 76, folios 305-308 de fecha 05-05-2.015; constante de Quince metros de Frente por Veinte metros de fondo (15 x 20) para un total de Trescientos Metros Cuadrados (300 M2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Futura calle; SUR: Terreno de Jesús Izaga ; ESTE: Casa de Jesica Silva y OESTE: Casa de Milagros Campo.- En dichas bienhechurías el ciudadano JESUS ALBERTO NEIRA, invirtió la cantidad de: TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal, bajo el Nº S-1067-15.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Nueve (09) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Quince (2.015). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza Prov.,
Abg. Ana María Garcías.
El Secretario Temp.,
Abg. Julio Ricardo Solórzano.
En la misma fecha siendo las 03:10 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abg. Julio Ricardo Solórzano