REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE


San Fernando de Apure, 28 de octubre 2015
205° y 156°
Causa Nº 1Aa-2867-14
JUEZ PONENTE: JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ

Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la pretensión interpuesta el 29-8-2014 por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO, Defensora Pública 1ª Auxiliar de la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensora de GILBERT JOSE GOMEZ BURGOS, contra la decisión mediante la cual el 23-8-2014, la Juez de Primera Instancia en funciones de Control de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. BETTY YANEHT ORTIZ CHACON, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de contrabando de extracción, tipificado en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Precios Justos. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

Cursa al folio 72 del presente cuaderno de incidencia, nota secretarial con fecha 26-10-2015, mediante la cual la Abg. KATIANA LUSINCHI, Secretaria de este Despacho, dejó escrito: “… en el día de hoy veintiséis (26) octubre de 2015, siendo las 3:30 p.m., se recibió procedente del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión Guasdualito, en el Correo Institucional de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal: presidenciapure@gmail.com; copia de decisión dictada por ese Órgano el 28-5-2015, mediante la cual, en aplicación del artículo 385 del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia antes del 1-1-2013, se condenó al ciudadano GILBER JOSÉ GÓMEZ BURGOS, como responsable de la comisión de falta tipificada en el artículo 23 de la Ley sobre el delito de Contrabando…”.

De lo transcrito previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida del interés procesal por parte del Recurrente, toda vez que dictada sentencia por el Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sustento en el artículo 385 del Código Orgánico Procesal Penal vigente antes 1-1-2013, condenándolo como responsable de la falta prevista en el artículo 23 de la Ley sobre el delito de Contrabando, la controversia sobre la materia cautelar dejó de existir, por cuanto cedió ante los efectos de la resolución definitiva del fondo del asunto conforme al procedimiento especial de faltas, por lo que asume la Corte, nemine discrepante, que se debe declarar no ha lugar la pretensión formulada por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO. ASI SE DECIDE.

II

DISPOSITIVA

En virtud de las consideraciones antes expuestas son las que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

ÚNICO: Declara no ha lugar a la pretensión interpuesta el 29-8-2014 por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO, Defensora Pública 1ª Auxiliar de la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensora de GILBERT JOSE GOMEZ BURGOS, contra la decisión mediante la cual el 23-8-2014, la Juez de Primera Instancia en funciones de Control de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. BETTY YANEHT ORTIZ CHACON, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de contrabando de extracción, tipificado en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Precios Justos; toda vez que el 28-5-2015 el Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, conforme al artículo 385 del Código Orgánico Procesal Penal vigente antes 1-1-2013, norma dispuesta para el procedimiento especial de faltas, lo condenó como responsable de la falta prevista en el artículo 23 de la Ley sobre el delito de Contrabando.

Publíquese, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo de la A-quo.

LA JUEZ PRESIDENTA,


CINTHIA MARIA MEZA CEDEÑO
LA JUEZ,


MARALY KATYHUSKA OLIVARES ROBLES




EL JUEZ (Ponente),


JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ


LA SECRETARIA,


NOELLE KATIANA LUSINCHI HERNANDEZ


En esta misma fecha se publica esta decisión siendo las 2:30 p.m..


LA SECRETARIA,


NOELLE KATIANA LUSINCHI HERNANDEZ





CMMC/MKOR/JCGG/KL/JeanC.
Causa Nº 1Aa-2867-14