TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 24 de Septiembre del 2.015
205° y 156°

SOLICITUD: 15-577
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: CESAR OMAR BENAVENTA
FECHA DE ENTRADA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2015.
Vista la Solicitud Nº 15-577, presentada por el ciudadano CESAR OMAR BENAVENTA, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.591.980, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno de su Propiedad, según consta el Contrato de Compra-Venta de Ejido. Documento este Registrado por ante la Oficina del Registro Público de Municipio San Fernando del Estado Apure de fecha 23 de Octubre del año 2012, anotado bajo el N° 2012.2981, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 271.3.6.1.8360 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2012, Ubicado específicamente en la Calle Muñoz, Jurisdicción del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS (353,33 M2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle Muñoz, CON ONCE METROS Y TREINTA CENTIMETROS (11,30 Mts); SUR: Colegio Privado Cecilio Acosta, CON ONCE METROS Y CUARENTA CENTIMETROS (11,40 Mts); ESTE: Terreno de Cesar Benaventa, CON TREINTA Y UN METROS Y NOVENTA CENTIMETROS (31,90 Mts); OESTE: Casa que es o fue de Sebastiano Licciardellorte, CON TREINTA METROS Y TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (30,35 Mts); y se encuentran comprendido entre los siguientes puntos y coordenadas: R-1 (N 872680.86; E 668606.77); R-2 (N 872683.11; E 668617.84); R-3 (N 872651.81; E 668624.01); P-4 (N 872651.08; E 668612.63); y documento de Venta Pura y Simple, perfecta e irrevocable, Documento este Registrado por ante la Oficina del Registro Público de Municipio San Fernando del Estado Apure de fecha 26 de Noviembre del año 1992, anotado bajo el N° 157, Folios 27 al 30, Protocolo Primero, Tomo Tercero Adicional III, Cuarto Trimestre del año 1992, Ubicado específicamente en la Calle Muñoz, Jurisdicción del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (454,52 M2), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle Muñoz, CON TRECE METROS (13,00 Mts); SUR: Casa del ciudadano Eloy Tovar, CON CATORCE METROS Y TREINTA CENTIMETROS (14,30 Mts); ESTE: Casa de la ciudadano Inés Álvarez, CON TREINTA METROS (30,00 Mts); OESTE: Casa del ciudadano Emilio Flores, CON TREINTA METROS (30,00 Mts); siendo la superficie de ambos terrenos de OCHOCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS (807,87 M2), y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: un Edificio, constante de: una (01) Planta Baja, y una Planta Alta, la Planta Baja, constante de un (01) estacionamiento en frente del edificio Calle Muñoz, pavimentado en concreto armado, un (01) local comercial área techada de (381mt 2) y distribuida en una (01) oficina administrativa, una (01) mini oficina para caja de cobro, dos (02) salas de baños completas poceta, lavamanos y ducha, un (01) mesón de bloques y concreto y revestimiento en mármol negro, pared de bloque revestido en friso y porcelanato, un (01) mesón de bloques y tope de cerámica con un (01) fregadero en acero inoxidable de una (01) ponchera, área de depósito, área de carga y descarga, una (01) escalera de concreto armado de un tramo, los pisos del estacionamiento y el patio trasero están pavimentados en concreto obra gris, los pisos del local de planta baja están revestidos en dos formas, en porcelanato fino de 1era en las oficinas y en el área de atención al público y baños, patio trasero con una construccion liviana de 36 m2, una (01) caseta para tanques de almacenamiento de agua e hidroneumático, tres (03) ventanas exteriores con marcos de tubos de hierro y rejas de cabillas lisas barras con vidrios planos lisos y claros, protector externo de puertas Santamaría, las ventanas de la oficina y caja son de tubulares de aluminio y vidrio plano liso y claros, servicio eléctrico con un (01) cajetín de medición y distribución al edificio con un (01) tablero independiente de 20 circuitos, las puertas de la fachada principal tiene dos (02) portones grandes de tubulares de hierro y laminas entamboradas con marcos de tubos de hierro, una (01) puerta de acceso al primer piso de tubulares de hierro y laminas de hierro pintadas en pintura de esmalta, una (01) puerta en la parte trasera de laminas estriadas de hierro y marco de tubulares de hierro, tres (03) puertas con cerraduras cisa diente de perro y argollas para candados, pintura de esmalte, dos (02) oficinas del local tienen puertas de marcos de tubulares de hierro y laminas estriadas de aluminio brillante con cerraduras de pomo, al igual que los dos (02) baños, la Planta Alta constante de Nueve (09) oficinas, cada una su sal de baño y cuarto de aire acondicionado, una (01) sala de estar, un (01) pasillo central comunicador entre oficinas, dos (02) salas de baño para visitantes, nueve (09) puertas principales de las oficinas son de maderas con marcos de tubos de hierro y cerraduras de doble pase cisa pintadas en barniz, las once (11) puertas de los baños son de madera entamboradas y marcos de tubos de hierro y cerraduras de pomo cisa, el acabado del piso es de porcelanato Nacional de 1era en el pasillo, cerámica de 1era Nacional en los pisos de las oficinas y baños, las paredes de los baños de las oficinas están revestidas en cerámica Nacional de 1era, la escalera esta revestida en porcelanato de 1era y canto rodado con pasamanos en acero inoxidable, cada oficina posee un (01) tablero independiente de ocho (08) circuitos, techo raso en las oficinas y los pasillos, techo raso de yeso, lámparas esplendor de 60x60 en todos los ambientes, catorce (14) ventanas de oficinas en las fachadas principales, y cinco (05) ventanas por la fachada posterior todas de marcos de perfiles de aluminio correderas y vidrios planos lisos y claros con protectores de marcos de hierro y con rejas de cabillas lisas barras, servicios de aguas negras constituido por tres (03) tanquillas de concreto armado de 60x60 cm, las cuales recogen las aguas servidas de los pisos superiores y de la planta baja a través de tuberías de pvc reforzado conectado al sistema de red de aguas negras existente de la Ciudad por la Calle Muñoz, servicio de aguas blancas alimentado del sistema existente en la ciudad, y tuberías plásticas pavco en las cuales invirtió la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 4.500.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano CESAR OMAR BENAVENTA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.




El Juez,

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.



La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA M ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABOG. MARIA M ARANGUREN TOVAR.












Solicitud N°. 15-577
FJP/MMAT/Yudit.