LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Biruaca, 11 de Abril de 2016
205° y 157°

Por recibido y visto el escrito, (con sus anexos), suscrito por el abogado ERNESTO LUIS BOCANEY ORIBIO, quien actuando en su carácter de Defensor Publico Segundo en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en beneficio del niño x, remite convenio de aumento de la obligación alimentaria entre los ciudadanos MIGUEL EDUARDO CARRASQUEL MERCHÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.693.099 y LEDDY MARÍA PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula N° 13.806.825, para su respectiva Homologación Judicial; este Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs.F. 4.000.00) mensuales, pagaderos los días quince y ultimo de cada mes a partir del mes de marzo del año que discurre, ,as aportes extras por las sumas de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs.F 10.000.00) y QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs.F 15.000.00) deducibles el primero del bono vacacional para gastos propios de inicio de actividades escolares y el segundo de las asignaciones de fin de año para gastos propios de temporada decembrina, se comprometen a cubrir el 50% de los gastos médicos y de medicina sumas estas que serán descontadas directamente de la nomina del obligado y depositadas en la cuenta de ahorro aperturada en la entidad bancaria bicentenario Nº 1750051150061836552, y por último que el aumento se haga de manera automática en relación directamente proporcional al aumento de sueldo con el que sea beneficiado el obligado en el ejercicio de sus funciones como Fiscal de los Servicios Públicos del Consejo Municipal de Biruaca.
Se acuerda notificar a la Defensoría Publica Segunda del Sistema de protección del niño y del adolescente del Municipio San Fernando del Estado Apure indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación alimentaria antes expuestos en la presente causa. Líbrese oficio y notificaciones
LA JUEZA,

Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO.
EL SECRETARIO.


Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado anteriormente.
EL SECRETARIO.


Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO.
JA/lp/jh
Exp. 2060-14