San Fernando de Apure, 06 de Abril de 2.016
205° y 157°
SOLICITUD: 16-78
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ANA DEL ROSARIO VILLAMIZAR MERCHAN
FECHA DE ENTRADA 14 DE MARZO 2016.
Vista la Solicitud presentada por la ciudadana ANA DEL ROSARIO VILLAMIZAR MERCHAN venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.755.522 de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un terreno de propiedad Municipal según documento de autorizacion suscrito por la ciudadana Abog. Jheancerlhis del Valle Echenique Rojas. En su carácter de Sindica Procuradora del Municipio Autónomo San Fernando, autoriza, a la ciudadana: ANA DEL ROSARIO VILLAMIZAR MERCHAN, titular de la cedula de identidad N° V- 11.755.522 a objeto de Tramitar y registrar Titulo Supletorio suficiente sobre un lote de terreno de propiedad Municipal , según Autorización, de fecha 25 de Febrero del año 2016, constante de SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CON TREINTA CENTIMETROS (679mts,30cm), ubicado en “ La Parroquia El Recreo, sector I ,intersección primera transversal, S/N, Municipio San Fernando del Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; Norte: Familia Monserrate en (17mts,10cm) Sur: Intersección primera transversal en (20mts,45cm) Este: Familia Muñoz en (15,30+9,50+12,20mts) y Oeste: Familia Parra en (36mts+07cm) y con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas propias expensas ,consiste en una construcción , cuyas características son las siguientes: Cuatro 4 habitaciones, cocina, sala-comedor, dos 2 baños pisos de granito, puertas de hierro, ventanas de hierro con protector, paredes de bloque con friso liso, electridad interna, techo de platabanda liviana, tanque de agua aéreo con sistema hidroneumático, porche de estar y cerca perimetral de bloque con jardinera. En las cuales invirtió una cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.2.200.000,Bs) Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana; ANA DEL ROSARIO VILLAMIZAR MERCHAN plenamente identificados. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,
Abog.Francisco Javier Padron
La Secretaria Titular
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria Titular
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
Solicitud N°16-78
FJP /MMAT/mp
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