REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITANTE: ORLANDO JOSE LEON ROJAS.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADO: DILUVINA MARIA RODRIGUEZ (IPSA 140.335)
SOLICITUD: Nº S-1116-16.-
DECRETO: N° 16-011.-

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ORLANDO JOSE LEON ROJAS, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.876.190, domiciliado en la Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: ORLANDO JOSE LEON ROJAS, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, ubicadas en el sector Ali Primera de la población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure.- conformadas por: Un (01) inmueble propio para Local Comercial, constante de Cinco Metros de fondo por Ocho Metros de fondo (05 x 08 Mts.), para un total de Cuarenta Metros Cuadrados (40 Mts²) de construcción y edificado de la siguiente manera: Columnas de concreto y cabillas, vigas riostra y vigas corona, techo de platabanda con vigas de hierro, enmallado y tabelones frisados, paredes de bloques, frisados y mezclillados, piso de cemento pulido, dos (2) ventanas panorámicas con sus respectivos protectores de hierro, en la entrada principal un (01) portón de hierro de cuatro hojas y una (1) puerta rehierro en la parte trasera del inmueble, posee un (1) baño interno revestido en cerámicas en paredes y pisos, con todos sus accesorios, con sus respectivas instalaciones eléctricas empotradas en paredes y pisos, tuberías de aguas blancas y negras empotradas en paredes y pisos; un sistema séptico para el vertido de las aguas residuales.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz del estado Apure, según consta en Documento Contrato de Arrendamiento, Registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos que para tal fin lleva la sindicatura de este Municipio durante el presente año 2.016, bajo el N° 97, folios 169 al 171 en fecha 15 de Marzo de año 2.016; constante de Sesenta Metros Cuadrados (60 Mts²), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ejidos del Municipio.- SUR: Carretera Nacional.- ESTE: Construcción de la familia León.- OESTE: Centro de Acopio de la Lechera.- En dichas bienhechurías el ciudadano: ORLANDO JOSE LEON ROJAS, invirtió la cantidad de: CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 4.000.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, previo su registro en este Tribunal, bajo el Nº S-1116-16.-
Publíquese, Regístrese Y Déjese Copia Certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, al Primer (01) día del mes de Abril del Año Dos Mil Dieciséis (2.016). AÑOS: 205° Y 157°.-
La Jueza Prov.,
La Secretaria Temp.,
Abog. Ana María Garcías. Abog. Orlena Y. Tovar Solórzano
En la misma fecha siendo las 02:20 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abog. Orlena Y. Tovar Solórzano