REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 12 de Abril de 2016
205° y 157°

CAUSA Nº 1Aa-3039-15
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES.

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 20-5-2015 por el Abg. Dayan Arturo González, para ese entonces Defensor Público de los ciudadanos: Luís Gabriel Cruz Orta y José Manuel Ruiz Quintero, contra la decisión dictada el 08-05-2015 y publicada el 13-5-2015, por el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Edwin Manuel Blanco Lima, mediante la cual acordó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ciudadanos antes mencionado por la presunta comisión de los delitos de Extorsión como Perpetradores, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión concatenado con el artículo 83 del Código Penal, y Aprovechamiento de Vehículo Producto del Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. La Corte procede a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión, interpuesta de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 eiusdem.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.

LA JUEZA PRESIDENTA

CINTHIA MARIA MEZA CEDEÑO.
EL JUEZ,

JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ

EL JUEZ (Ponente),

EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
LA SECRETARIA,
KATIANA LUSINCHI
CMMC /JCGG/ EEC /KL/José
Causa Nº 1Aa-3039-15