REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 4 de Abril de 2016
205° y 157°
CAUSA Nº 1Aa-3243-16.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta en fecha 10-2-2016, por el Abg. Dayan Arturo González, Defensor Público Auxiliar Séptimo adscrito a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensor de JORGE ENRIQUE MENDOZA MENDOZA, contra la decisión dictada el 28-12-2015 por la Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Ysmaira Camejo, publicado el auto fundado el 26-1-2016, mediante el cual decretó en perjuicio del ciudadano antes mencionado, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión del delito de robo agravado de vehículo automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 y numerales 1 y 3 del artículo 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 eiusdem.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.
JUEZA PRESIDENTA (Ponente),
CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
JUEZ SUPERIOR,
JUAN CARLOS GOITÍA GÓMEZ
JUEZ SUPERIOR,
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
SECRETARIA,
KATIANA LUSINCHI
CMMC/JCGG/EEC/KL/Manorka.
1Aa-3243-16.