REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 13 de Diciembre del 2016
206° y 157°
CAUSA Nº 1Aa-3189-15
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 1-12-2015 por la Abg. Elva Jesús Carpio Cordero, Defensora Pública del ciudadano Adoni Yamino Mercado Contreras, contra la decisión dictada el 24-11-2015, por la Jueza 1ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Abg. Betty Yaneht Ortiz Chacón, mediante la cual acordó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano antes mencionado por la presunta comisión del delito de Acto Carnal con Víctima Especialmente Vulnerable, previsto y sancionado en el artículo 44 numeral 1 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La Corte procede a Pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 442 ejusdem. Ahora bien el recurrente fundamentó legalmente la apelación de conformidad con el artículo 439 numerales 4, y 5, pero esta Corte considera que encuadra en la causal prevista en el numeral 4 artículo 439, ibidem, por tratarse de una decisión que acordó una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, y así se admite.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.
LA JUEZA PRESIDENTA
CINTHIA MARIA MEZA CEDEÑO.
EL JUEZ, (Ponente)
EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
LA JUEZA,
CARMEN PIERINA LOGGIODICE
LA SECRETARIA,
KATIANA LUSINCHI
CMMC/ EEC /CPL /KL/José
Causa Nº 1Aa-3189-15