REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 13 de Diciembre del 2016
206° y 157°
CAUSA Nº 1Aa-3226-16
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad de la pretensión interpuesta el 13-1-2016 por la Abg. María Enriqueta Silva, Defensora Privada de la ciudadana María Elena Herrera Villanueva, contra la decisión dictada el 6-1-2016, por la Juez 2ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Ysmaira Camejo, mediante la cual acordó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de la ciudadana antes mencionada por la presunta comisión de los delitos de: Concusión, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción Estafa, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal Venezolano, Agavillamiento tipificado en el artículo 286 del Código Penal, y Usurpación de Funciones, previsto y sancionado en el artículo 213 del Código Penal. La Corte procede a Pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión, interpuesta de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 ejusdem.
En cuanto a las pruebas ofrecidas por la Abg. María Enriqueta Silva, para ser incorporadas en esta incidencia, consistente en oficio DGPEA-CCP1-3235-15, acta de audiencia de presentación, y auto motivado de fecha 06-01-2016, esta Corte considera inútil cualquier pronunciamiento al respecto, por cuanto las mismas forman parte de las actuaciones instruidas en la causa, por lo que podrán ser apreciadas o no al resolverse el asunto.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.
LA JUEZA PRESIDENTA
CINTHIA MARIA MEZA CEDEÑO.
EL JUEZ, (Ponente)
EDWIN ESPINOZA COLMENARES.
LA JUEZA,
CARMEN PIERINA LOGGIODICE
LA SECRETARIA,
KATIANA LUSINCHI
CMMC/ EEC /CPL /KL/José
Causa Nº 1Aa-3226-16