REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 16 de diciembre de 2016.
206° y 157°.
CAUSA Nº 1As-3390-16.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta en fecha 26-10-2016 por el Abg. Luis Alfredo Hurtado, Defensor de MIGUEL ANGEL BETANCOURT, contra la sentencia dictada el 13-10-2016 por la Juez Primera de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. Lidia Luisa Rocci Escobar, publicado su texto íntegro el 24-10-2016, mediante el cual condenó al ciudadano antes mencionado, como responsable de la comisión del delito de Femicidio Agravado Frustración, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 58 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia segundo aparte del artículo 80 del Código Penal. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con sustento en el artículo 111 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el numeral 2 del artículo 112 eiusdem.

Se acuerda fijar para el día 22 de diciembre del 2016, a las 2:15 P.M., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 114 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Líbrese traslado del acusado. Cítese a las partes. CÚMPLASE.


JUEZA PRESIDENTE (Ponente),

CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO


JUEZA SUPERIOR

CARME PIERINA LOGGIODICE
JUEZ SUPERIOR,

EDWIN ESPINOZA COLMENARES

LA SECRETARIA,

KATIANA LUSINCHI



CMMC/CPL/EEC/KL/jcur.
1As-3390-16.