REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, (29) de Enero de 2016.
205º y 156º
Asunto: JMSS2-2172-2015
Visto el contenido de la diligencia que antecede de fecha 28/01/2016, suscrita por los ciudadanos AULAR CARRERO CARLOS EUGENIO y MONTENEGRO TORREALBA JOHANA DEL CARMEN, mediante la cual los referidos ciudadanos N del presente procedimiento de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, en consecuencia; éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO suscrito por los ciudadanos AULAR CARRERO CARLOS EUGENIO y MONTENEGRO TORREALBA JOHANA DEL CARMEN, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.016.980 y V-19.406.528, quienes son padres biológicos del Niño; (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quien nació el (07/09/2014) Según Acta N° (1.164) de fecha (15/09/2014, presentado por ante el Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Fernando del Estado Apure, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo.- Cúmplase.-
Juez Provisorio
Abg. RAMON RIVAS
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ RR/DA/Erys.-
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