LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RAMÓN EDELIO NIEVEZ y MIDELYS YENIREE CABRERA VERA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº 9.596.755 y 20.612.574, respectivamente, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: RAMÓN EDELIO NIEVEZ y MIDELYS YENIREE CABRERA VERA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº 9.596.755 y 20.612.574, el cual contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Biruaca del Estado Apure, en fecha 19 de Noviembre del año 2010, según consta del Acta de Matrimonio N° 162, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los trece (13) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016). Año 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZA,
(FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 09:30 a.m.
EL SECRETARIO, (FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JA
Exp. N° 2335-15






Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de un (01) folio útil es traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente N° 2335-15. Biruaca, a los trece (13) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis (2016).
EL SECRETARIO,

ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO