SOLICITUD: 15-721
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS
JOSE SALAZAR TORRES
SOLICITANTES: PETRA DE JESUS FARFAN DE SALAZAR,
ULISES RAMON SALAZAR FARFAN, JEAN
CARLOS SALAZAR FARFAN y
BLADIMIR SALAZAR FARFAN
FECHA DE ENTRADA 02 DE DICIEMBRE DE 2015
Vista la anterior Solicitud, presentada por los ciudadanos PETRA DE JESUS FARFAN DE SALAZAR, ULISES RAMON SALAZAR FARFAN, JEAN CARLOS SALAZAR FARFAN y BLADIMIR SALAZAR FARFAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.350.227, V-9.597.159, V-12.903.657, V-9.597.168, respectivamente, debidamente, asistidos por la Abogada en ejercicio legal ciudadana NANCY YANEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.927, de este domicilio; quienes han solicito ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, se les declare, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: JOSE SALAZAR TORRES, quien fue venezolano titular de la cédula de Identidad Nº V-2.224.749, falleció Ab-Intestato, en la ciudad de San Fernando, Jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos DOMINGO ANTONIO HERNANDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.232.901, e YSABEL CRISTINA BUSTOS ZARATE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.616.073, ambos de este domicilio; quienes declararon que si conocieron al difunto que en vida se llamara JOSE SALAZAR TORRES; que sí saben y les consta que la solicitante PETRA DE JESUS FARFAN DE SALAZAR, y ULISES RAMON SALAZAR FARFAN, JEAN CARLOS SALAZAR FARFAN y BLADIMIR SALAZAR FARFAN son esposa e hijos del causante, y que sí saben y les consta que los antes nombrados son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus JOSE SALAZAR TORRES.
D I S P O S I T I V A
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las copias certificadas del Acta de Defunción y las copias de las Partidas de Nacimiento y copias de cedulas de los hijos, copia certificada de la declaración de Únicos y Universales Herederos Nº 15-721, con la nomenclatura del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial por cuanto en estas actuaciones sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos PETRA DE JESUS FARFAN DE SALAZAR, ULISES RAMON SALAZAR FARFAN, JEAN CARLOS SALAZAR FARFAN y BLADIMIR SALAZAR FARFAN, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos PETRA DE JESUS FARFAN DE SALAZAR, ULISES RAMON SALAZAR FARFAN, JEAN CARLOS SALAZAR FARFAN y BLADIMIR SALAZAR FARFAN, de este domicilio, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus JOSE SALAZAR TORRES, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:58 a.m., del día catorce (14) del mes de Enero de Dos Mil Dieciséis (2.016). Años 205º de la Independencia y 156º de la federación.
EL Juez
Abog. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Temporal,
Abog. Milvida Utrera Rojas
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio ( ), del Libro Diario. La Secretaria Temporal,
Abog. Milvida Utrera Rojas.
Solicitud N° 15-721
FJP/MUR/Yudit.
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