San Fernando de Apure, 19 de Enero de 2.016
205° y 156°

SOLICITUD: 16-04
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: JOSE ALEXANDER MONTOYA
FECHA DE ENTRADA 11 DE ENERO DE 2.016

Vista la Solicitud Nº 16-04, presentada por el ciudadano JOSE ALEXANDER MONTOYA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.875.249, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno del Municipio San Fernando, según consta en el contrato de arrendamiento de ejido otorgado, por la Sindica Procuradora Municipal (E) Abog. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno, de TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS Y SETENTA Y DOS CENTIMETROS (389,72 M2), ubicado específicamente en el Barrio Cristo Rey, Avenida Perimetral Sur, sin numero cívico, del Municipio San Fernando, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Avenida Perimetral Sur, CON OCHO METROS Y CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (8,45 mts), SUR: Terreno de Ejidos, CON ONCE METROS Y OCHENTA CENTIMETROS (11,80 mts), ESTE: Casa de la Familia Montoya, CON QUINCE METROS Y DIEZ CENTIMETROS + CUATRO METROS Y CUARENTA CENTIMETROS + VEINTICUATRO METROS Y OCHENTA CENTIMETROS (15,10+4,40+24,80 mts), y OESTE: Familia Latoseski, CON TREINTA Y NUEVE METROS (39,00 mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: una (01) habitación propia para habitación familiar construida en su totalidad de Mampostería, techo de acerolit, piso de cemento pulido, puertas y ventanas de hierro, constante de: Dos (02) habitaciones, una (01) sala, un (01) baño, una (01) cocina y un (01) comedor, con todas sus instalaciones eléctricas, así como de aguas blancas y negras, en las cuales invirtió una suma de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs 20.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano JOSE ALEXANDER MONTOYA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.



El Juez

ABOG. FRANCISCO JAVIER PADRON.


La Secretaria Temporal,
Abog. Milvida Utrera Rojas
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al folio ,del libro diario.
La Secretaria Temporal,
Abog. Milvida Utrera Rojas




SOLICITUD N°. 16-04.
FJP/MUR/Yudit