REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITANTE: GONZALEZ JOSE GREGORIO.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.
SOLICITUD: Nº S-1098-16.-
DECRETO: N° 01-2016.
Vista la solicitud presentada por él ciudadano: GONZALEZ JOSE GREGORIO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de la Estacada, Parroquia “RINCON HONDO”, Municipio Muñoz del Estado Apure; titular de la Cédula de Identidad N° V- Nº 11.244.767; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: GONZALEZ JOSE GREGORIO, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal.- Las bienhechurías están conformadas por: Una (01) casa para habitación familiar, con dimensiones aproximadas de Ocho metros metros de frente por Diez metros de fondo (8 x 10 Mts.), para un total de ochenta metros cuadrados de construccion (80 Mts²); construida con techo de zin, paredes de bloques frisados y piso de cemento; distribuidas de la siguiente forma: Tres (03) habitaciones, dos (02) baños, sala, cocina, comedor; puertas y ventanas de hierro y madera; Cuatro (04) perforaciones de agua con una profundidad de cincuenta metros; Dos (02) pozos cachameros, 06 Potreros, Una Manga y Una Becerrera, construida con tubos de hierros y techo de zin, 45 hectáreas de pasto artificial, 3 tareas de pasto de corte, 3 hectáreas de caña; un conuco en 2 hectáreas, sembrado con topocho y plátano; Arboles Frutales: 35 matas de mangos, 20 matas de Naranjas, 50 matas de Guanábanas, 5 matas de Limones; Arboles Madereros: 50 Samanes, 30 matas de Tecas, 30 matas de Tecas, 30 matas de Melina; totalmente cercado, con cercas eléctricas;.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), según consta en CERTIFICACIÖN, emitida por el referido Instituto, en fecha 01/02/2013; bajo el N° 462057-462058; constante de SESENTA HECTAREAS CON UN MIL NOVENTA METROS CUADRADOS (60 ha con 1090 Mts²); dentro de los siguientes linderos NORTE: Hato Providencia.- SUR: Terreno ocupado por la familia medina.- ESTE: Terrenos ocupados por Franklin Polanco OESTE: Terreno ocupado por Castor Chávez.- En dichas bienhechurías el ciudadano GONZALEZ JOSE GREGORIO, há invertido la cantidad de: TRES MILLONES DE BOLIVARES (3.000.000,00 BS.), dinero de sus ahorros personales y créditos especiales.-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal, bajo el Nº S-1098-16.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Diecinueve (19) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciseis (2.016). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza.

Abog. Ana María Garcías.
La Secretaria Temp.
Abog. Orlena Y. Tovar Solorzano.
En la misma fecha siendo las 03:30 p.m., se publicó y registró el anterior Decreto. Conste.- la secretaria.
Abog. Orlena Y. Tovar Solorzano.