REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITANTE: JOSE NAZARENO LAVADO PAEZ.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADO: TERESA YOLIMAR MARQUEZ DE LAYA.-
SOLICITUD: Nº S-1101-16.-
DECRETO: 16-003.
Vista la solicitud presentada por él ciudadano: JOSE NAZARENO LAVADO PAEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; titular de la Cédula de Identidad N° V-6.938.242; debidamente asistido por la abogada en ejercicio TERESA YOLIMAR MARQUEZ DE LAYA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 140.334; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: JOSE NAZARENO LAVADO PAEZ, antes identificado; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal. Las referidas bienhechurías están ubicadas en el Sector “Centro”, de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure, conformadas por: un (01) Inmueble constituido por dos (02) plantas, propio para locales Comerciales, constante de: Siete metros de frente por doce metros de fondo (7x12 Mts), para un total de Ochenta y cuatro metros cuadrados (84Mts2) de construcción, edificado con columnas de concreto y estructura de hierro, vigas riostras y vigas corona, techo losacero que constituye la cubierta de techo sobre correas metálicas, de las siguientes características: PLANTA BAJA: paredes de bloques frisadas, mezclilladas y pintadas., piso de concreto revestido en terracota roja, un (01) portón tipo Santamaría de tres metros de largo por tres metros de ancho (3 x 3mts.), dos (02) puertas de hierro; dos (02) ventanas panorámicas con sus respectivos protectores de hierro, con sus respectivas instalaciones eléctricas empotradas en paredes y pisos, tuberías de aguas blancas y negras empotradas en paredes y pisos, tuberías de aguas blancas y negras empotradas en paredes y pisos.- PLANTA ALTA: las medidas y edificaciones son la mismas de Planta Baja, y el mismo posee las siguientes características: paredes de bloques, frisadas, mezclilladas y pintadas, techos de vigas recubiertas de techos de laminas rojas, dos (02) puertas de maderas, un balcón con rejas de hierro, dos (02) ventanas panorámicas con sus respectivos protectores de hierro, con medidas de cinco metros de largo por uno punto treinta metros d ancho (5x1.30 mts.) y tres metros de largo por uno punto treinta de ancho (3x 1.30 mts), piso de cemento revestido de porcelanato, posee un baño interno revestido en cerámica en paredes y pisos con todos sus accesorios, con sus respectivas instalaciones eléctricas empotradas en paredes y pisos, tuberías de aguas blancas y negras empotradas en paredes y pisos; una (01) escalera de hierro en la parte externa que da acceso al referido local.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del solicitante, Protocolizado Por ante la oficina del Registro Público del Municipio Muñoz del Estado Apure, en fecha 30/11/2.015, bajo el N°11, folios 94 al 96, protocolo Primero, Cuarto Trimestre, Tomo Segundo (2°), principal y duplicado del año 2.015.- Consta el terreno de Veintitrés (23 Mts) metros de Frente por Dieciséis (16Mts) metros de fondo (23 x 15) para un total de Trescientos Sesenta y Ocho Metros Cuadrados (368.00 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Iris Daza SUR: local de linda Gerónimo; ESTE: Calle Barrio Lindo y OESTE: casa y local de Gabriel Moreno.- En dichas bienhechurías el ciudadano JOSE NAZARENO LAVADO PAEZ, invirtió la cantidad de: CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas al solicitante, y regístrese bajo el Nº S-1101-16.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintisiete (27) días del mes de Enero del año Dos mil Dieciséis (2.016). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza.
Abg. Ana María Garcías.
La Secretaria Temp.,
Abg. Orlena Y. Tovar S.
En la misma fecha siendo las 03:10 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abg. Orlena Y. Tovar S.
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