REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE



San Fernando de Apure, 20 de enero 2016
205° y 156°

Causa Nº 1Aa-3200-16
JUEZ PONENTE: JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 21-12-2015 por el Abg. WILMER J. QUINTANA, Defensor de GUILLERMO AUGUSTO PARRA GONZALEZ, contra la decisión mediante la cual la Juez 3ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MARIA GABRIELA FERRER MONTILLA, in audita parte, decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en perjuicio del antes mencionado ciudadano, impuesta el 9-12-2015, por la presunta comisión de los delitos de extorsión agravada, tipificado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el numeral 7 del artículo 19 eiusdem; abuso de funciones, tipificado en el artículo 69 de la Ley contra la Corrupción; expedición indebida de certificación falsa, tipificado en el artículo 79 eiusdem; y obstrucción ilícita al funcionamiento de un ente público, tipificado en el artículo 216 del Código Penal. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con fundamento en el numeral 4 del artículo 439 eiusdem, más no por su numeral 5, al estar claro que el auto impugnado es una orden de custodia en cárcel.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el cuarto párrafo del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver el fondo de la cuestión planteada.

LA JUEZ PRESIDENTE,


CINTHIA MARIA MEZA CEDEÑO

EL JUEZ,


EDWIN ESPINOZA COLMENARES




EL JUEZ (PONENTE),


JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ




LA SECRETARIA,


NOELLE KATIANA LUSINCHI HERNANDEZ







CMMC/EEC/JCGG/nklh/amma
Causa N° 1Aa-3200-16