REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 22 de Febrero de 2016

205º y 157º


Asunto. Exp. Nro. JMSS-1-7401-16
Admítase cuanto ha lugar en Derecho la solicitud de homologación de acuerdo conciliatorio planteado por ante la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico para la Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Apure, previamente se OBSERVA:
En el folio (04), cursa acta mediante la cual los ciudadanos LUIS JOHAN ZAPATA GARCIA y ANA OSCARINA MIRABAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 21.006.534 y 27.861.505, en su orden, quienes convinieron en cuanto al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del niño (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quien nació el día 22/09/2014; en los siguientes términos: UNICO: 1.- LUNES A VIERNES: EL PADRE BUSCARA EL NIÑO A LA RESIDENCIA DE LA CIUDADANA ANA OSCARINA MIRABAL, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO., 27.861.505, RESIDENCIADA EN EL MUNICIPIO BIRUACA, URB. SANTA RUFINA, SECTOR EL CHORRO, CASA S/N, NUMERO DE TLF. 0424-3345884, A LAS 09:00A.M SOLO LOS DÍAS QUE TENGA DISPONIBILIDAD EN VIRTUD DE QUE SUS GUARDIAS SON VARIABLES, Y LO ENTREGARA A LAS 06:00 PM., RESPECTIVAMENTE.
2.- LOS FINES DE SEMANA: SE INICIAN EL 20 Y 21 DE FEBRERO DE 2016, EN EL ENTENDIDO QUE EL PADRE BUSCARA AL NIÑO EN LA RESIDENCIA DE LA MADRE BUSCARA EL NIÑO A LAS 08:00A.M EL DIA SABADO Y LO ENTREGARA EL DIA DOMINGO A LAS 06:OOPM,. PREVIENDO LAS GUARDIAS QUE TENGA EL OBLIGADO ALIMENTISTA
3.- CARNAVALES: LE CORRESPONDE A LA MADRE
4.- SEMANA SANTA: LE CORRESPONDE AL PADRE (SIEMPRE Y CUANDO TENGA DISPONIBILIDAD)
5.- DIA DE LAS MADRE: LE CORRESPONDE A LA MADRE
6.- DIA DEL PADRE: LE CORRESPONDE AL PADRE
7.- CUMPLEAÑOS: AMBOS PADRES
8. VACACIONES ESCOLARES: 31-07-2016 AL 15-08-2016 CON EL PADRE, 16-08-2016 AL 31-08-2016 LE CORRESPONDE A LA MADRE; 01-09-2016 AL 15-09-2016 LE CORRESPONDE AL PADRE; 16-09-2016 AL 30-09-2016 LE CORRESPONDE A LA MADRE
09.- FESTIVIDADES DECEMBRINA: DEL 17-12-2016 AL 25-12-2016, LE CORRESPONDE AL PADRE Y DEL 25 DE DICIEMBRE AL 31-12-2013 LE CORRESPONDE A LA MADRE.

Ahora bien, por cuanto de la revisión del convenio realizado se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquellos, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y, que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos antes mencionados, de conformidad con el artículos 315, 385 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.- ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE. Regístrese la presente Decisión. Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.

Dada, firmada y sellada en este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los 22 días del mes de Febrero del año 2016. Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación.

La Juez Provisoria

Abog. DULCE MEDINA
La Secretaria

Abg. NERYS RUIZ
En esta misma fecha siendo las 02:57 p.m., se Publicó y se Registró la anterior Homologación
La Secretaria
Abg. NERYS RUIZ










Exp. Nº JMSS1-7401-16 DM/FM/sore