San Fernando de Apure, 11 de Febrero de 2016.-
205° y 156°


SOLICITUD: 15-707.-

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS ORANGEL RAFAEL GONZALEZ


SOLICITANTES: INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO,
ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS Y
MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS

FECHA DE ENTRADA: 26 DE NOVIEMBRE DEL 2015.


Vista la anterior Solicitud, presentada por los ciudadanos: INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO, ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS y MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS, debidamente asistidos por la Abogado ISAMAR ALIANNYS CARREÑO RIVERO, Inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 244.504; quienes solicitaron ante este Tribunal se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, esposa e hijos: INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO, ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS y MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 5.360.257, 17.850.885 y 19.816.006, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: ORANGEL RAFAEL GONZALEZ, quien fue venezolano, de 61 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.669.364, falleció Ab-Intestato, en la calle 24 de Julio de esta ciudad de San Fernando de Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos ANGEL EDUARDO MORA MARTINEZ y LUIS SEBASTIAN TORREALBA AZUAJE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 20.092.998 y 20.090.427, respectivamente y de este domicilio; quienes declararon que conocen a los solicitantes de vista, trato y comunicación desde varios años; que sí saben y les consta que los solicitantes INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO, ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS y MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS, son esposa e hijos del causante ORANGEL RAFAEL GONZALEZ que si los conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace muchos años, y que sí conocieron al Decujus ORANGEL RAFAEL GONZALEZ; y dejo a su esposa y dos (2) hijos de nombres INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO, ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS y MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS, que si saben y les consta que son los UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus ORANGEL RAFAEL GONZALEZ.-

D I S P O S I T I V A:

Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las copias certificadas del acta defunción y las copias de las partidas de nacimiento y por cuanto en estas actuaciones solo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO, ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS y MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: INGRIS AISQUEL BEJAS FIGUEREDO, ORANGEL RAFAEL GONZALEZ BEJAS y MARIO SERGIO GONZALEZ BEJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 5.360.257, 17.850.885 y 19.816.006, respectivamente, de este domicilio; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus ORANGEL RAFAEL GONZALEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los Solicitantes.-



PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del día once (11) del mes de Febrero de Dos Mil Dieciséis (2.016). Años 205º de la Independencia y 156º de la federación.-


EL Juez,


Abg. Francisco Javier Padrón




La Secretaria Temporal,

Abg. Milvida Utrera Rojas


En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio ( ), del Libro Diario.

La Secretaria Temporal,

Abg. Milvida Utrera Rojas











S/N 15-707.-
FJP/MUR/af.-