REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MUÑOZ
(MANTECAL) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITANTES: SABRINA ALMILA ROJAS CASTILLO.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS.-
ABOGADO: CARLOS ROJAS.-
SOLICITUD: Nº S-1103-16.-
DECRETO: 16-005.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: SABRINA ALMILA ROJAS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la Población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure y titular de la Cédula de Identidad N° V-16.270.191; así como las declaraciones de los testigos. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: SABRINA ALMILA ROJAS CASTILLO, antes identificada; sobre las bienhechurías que se determinan en la presente solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, ubicadas en el Sector “Yopito I”, de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure; conformadas por una (01) casa de Habitación familiar de paredes de bloques, de una sola planta, tres (03) habitaciones para dormitorios, una (01) cocina, un (01) comedor, una (01) sala para recibo, dos (02) baños, un (01) lavadero, techo de acerolít, puertas y ventanas de hierro, piso de cemento pulido.- Las mencionadas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Muñoz del Estado Apure, según consta en Documento Contrato de Arrendamiento, registrado en el Libro de Contratos de Arrendamientos que para tal fin llevó la sindicatura de este Municipio en el año 2.009, bajo el N° 47, folios 191 al 194 de fecha 02/07/2.009; constante de Quince (15 Mts) metros de Frente por Veinte (20Mts) metros de fondo (15 x 20) para un total de trescientos Metros Cuadrados (300.00 M2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de María Torres ; SUR: Terrenos de Samuel Bona; ESTE: Terrenos de Jesús Izaga OESTE: Calle principal Yopito I.- En dichas bienhechurías la ciudadana SABRINA ALMILA ROJAS CASTILLO, invirtió la cantidad de: UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.200.000,00).-
Devuélvase original de estas resultas a los solicitantes, quedando anotado en el libro de Solicitudes llevados por este Tribunal, bajo el Nº S-1103-16.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Cuatro (04) días del mes de Febrero del año Dos mil Dieciséis (2.016). AÑOS: 205° Y 156°.-
La Jueza Prov.,
Abg. Ana María Garcías.
La Secretaria Temp.,

Abg. Orlena Y. Tovar S.
En la misma fecha siendo las 03:10 p.m., se publicó y registró el anterior decreto. Conste.- La Secretaria.-
Abg. Orlena Y. Tovar S.