REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SAN FERNANDO DE APURE, 10 DE MARZO DEL AÑO 2.016.
205º Y 156º

AUDIENCIA PRELIMINAR:

MOTIVO: DAÑOS MATERIALES DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRANSITO.
PARTE DEMANDANTE: NANCI ZULEIMA ALVARADO.
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: Abog. FRANCISCO ANTONIO CARRASQUEL.
PARTE DEMANDADA: CARLOS ENRIQUE ARGUELLO SILVA.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO ANGEL PEREZ.

En el día de hoy Jueves Diez (10) de Marzo del año Dos Mil Dieciséis (2.016), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada por este Tribunal en el auto anterior de fecha 03/03/2016, para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR, en la causa signada con el Nº 6.706, de conformidad con lo establecido en el Artículo 868 del Código de Procedimiento Civil; se anunció el acto a las puertas del Tribunal y compareció al mismo el ciudadano Abog. FRANCISCO ANTONIO CARRASQUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.873.007, inscrito en el Inpreabogado N° 220.128, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana NANCI ZULEIMA ALVARADO ROJAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 13.254.871, de oficio Obrera, domiciliada en el vecindario los Algarrobos Municipio Biruaca del Estado Apure, Igualmente se encuentra presente el ciudadano: CARLOS ENRIQUE ARGUELLO SILVA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 8.188.183, de 53 años de edad, domiciliado en el Sector Barrio Libertador del Municipio Biruaca, Estado Apure parte demandada, asistido por el Abogado: ANGEL MARIA. PEREZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 8.150.232, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 190.216, este Tribunal una vez constatada la presencia de las partes, declara ABIERTA la Audiencia Preliminar y se le concede el derecho de palabra al Apoderado Judicial de la parte demandante a fin de que exponga lo que considere pertinente:

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al Abogado ciudadano FRANCISCO ANTONIO CARRASQUEL, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante plenamente Identificada en autos, quien expone: “buenos días doctores, en premier lugar mi representada le solicita o demanda al señor CARLOS ENRIQUE ARGUELLO SILVA, ya que la ciudadana: fue objeto de daños materiales y pagos emergente, como lucro cesante y le exige a la parte demandada la cantidad de QUINIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 519.293,00), quisiera oír si están dispuestos a convenir en resarcir los daños o partes de los daños que mi representada sufrió en dicho accidente, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra el Abogado: ANGEL MARIA. PEREZ BETANCOURT, Abogado asistente de la parte demandada, Ciudadano: CARLOS ENRIQUE ARGUELLO SILVA, ya Identificado, quien expone lo siguiente: Buenos días doctores con el debido respeto establezco de parte de mi representado, no estar de acuerdo con las acusaciones y pretensiones establecidas en la demanda, por parte de la ciudadana: NANCI ZULEIMA ALVARADO ROJAS., Solicitando a este honorable tribunal, se tome en cuenta la comparecencia del Experto y el testigo que promoví con la contestación a la demanda para el Juicio que se avecina
Finalizada la exposición de las partes en la cual han expresado lo conveniente en la presente audiencia, este Tribunal fija el tercer (3er) día de despacho siguiente al de hoy, para establecer la fijación de los hechos y los límites de la controversia, así como también para abrir el lapso probatorio a objeto de promover pruebas sobre el mérito de la causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 868 del Código de Procedimiento Civil. Finalizada la presente audiencia se cierra el acto siendo las 10:00 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL.,


ABG. FRANCISCO JAVIER REYES PIÑATE.


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE,



ABG. FRANCISCO ANTONIO CARRASQUEL.


PARTE DEMANDADA


CARLOS ENRIQUE ARGUELLO SILVA.


ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA



ABG. ANGEL MARIA PEREZ BETANCOURT

LA SECRETARIA.


ABG. DALIS O. AGÜERO ROBALLO.



FJRP/DOAR/Julio.
EXP Nº 6.706.-