San Fernando de Apure, 01 de Julio de 2.016
206° y 157°


SOLICITUD: 16-172
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: SUSMIRIS MARBELLA MONTOYA
FECHA DE ENTRADA 14 DE JUNIO 2016.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana SUSMIRIS MARBELLA MONTOYA venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.243.565, de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un terreno de propiedad Municipal según documento de autorización suscrito por la ciudadana Abog. Jheancerlhis del Valle Echenique Rojas. En su carácter de Sindica Procuradora del Municipio Autónomo San Fernando, autoriza, a la ciudadana: SUSMIRIS MARBELLA MONTOYA, titular de la cedula de identidad N° V- 11.243.565 a objeto de Tramitar y registrar Titulo Supletorio suficiente sobre un lote de terreno de propiedad Municipal , según Autorización, de fecha 05 de Octubre del año 2015, constante de CIENTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTIMETROS (196MTS2,09CM), ubicado en el Municipio San Fernando, Barrio Florentino Coronado, Calle Los Samanes, Sector Los Silos. Dentro de los siguientes Linderos y medidas: Norte: Calle Los Samanes, en (11mts,90cm) SUR: Casa de Luis González en, (10mts,70cm) ESTE: Casa de Eliu Zalazar en (17mts,10cm), OESTE: Casa de Grelimar Lopez en (17mts,70cm) y ha construido un conjunto de bienhechurías conformada por una (1) casa de Mampostería con tres (3) habitaciones, con techo de asbesto y zinc, sala, comedor, cocina, lavandero, garaje, piso de cemento liso, puertas y ventanas de hierro, cercada y dotada con todos los servicios públicos principales. En las cuales invirtió una cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana; SUSMIRIS MARBELLA MONTOYA, plenamente identificados. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-

El Juez,
Abog.Francisco Javier Padron
La Secretaria Titular

Abog. Maria Milagro Aranguren T
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
La Secretaria Titular

Abog. Maria Milagro Aranguren T


Solicitud N°16-172
FJP /MMAT/mp